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Si mi empresa me incluye en un ERTE de suspensión o de reducción de jornada, ¿tiene que darme de baja en Seguridad Social durante la medida de regulación de empleo?

En caso de suspensión por ERTE, su relación laboral no se encuentra finalizada, sino suspendida, por lo que la empresa no tiene que darle de baja. Sí comunicará a la Seguridad Social, a la Tesorería, el cambio en la actividad.
Igualmente, en los supuestos de reducción de jornada por procedimiento de regulación temporal de empleo, la empresa está obligada a mantenerle de alta en Seguridad Social. A la Seguridad Social se le comunicará el cambio en la actividad, indicando el porcentaje de actividad que tenga ahora.

No obstante, para temas relacionados con la afiliación a la Seguridad Social puede informarse a través del número de teléfono 901 50 20 50, o en la página www.seg-social.es.

Más información sobre prestaciones de desempleo por procedimientos de regulación de empleo en: “Me ha afectado un ERE o un ERTE".