Sede electrónica

Tengo suspendido el contrato por regulación de empleo, ¿puedo trabajar en otra empresa?

Si tiene suspendido el contrato por un expediente temporal de regulación de empleo (ERTE), puede realizar otra actividad laboral, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. La suspensión de la relación laboral le supone a usted y a la empresa la liberación de las obligaciones respectivas de trabajar y remunerar el trabajo.
No obstante, deberá comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal las colocaciones que tenga mientras percibe la prestación por desempleo, con el fin de suspender dicha prestación.
En el caso de que su colocación sea a tiempo parcial, podrá solicitar la compatibilización de la prestación con el contrato a tiempo parcial, restándose de dicha prestación la parte proporcional al tiempo que trabaje.

Puede comunicar su colocación al Servicio Público de Empleo Estatal:

Más información en: “Me ha afectado un ERE o un ERTE”.