Sede electrónica

Documentación necesaria

Si quieres solicitar el alta inicial del subsidio por cotización insuficiente deberás aportar la siguiente documentación:

  • El modelo oficial de solicitud cumplimentado correctamente, donde se incorpora la declaración de rentas de la persona solicitante y de los familiares con quienes conviva o que estén a su cargo, en su caso. Así como los datos para la domiciliación bancaria, el acuerdo de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria).
  • En caso de que el Servicio Público de Empleo Estatal te lo requiera, debes presentar el justificante de rentas.

En todos los casos, para acreditar la situación legal de desempleo:

  • Certificado de empresa, si no ha sido enviado previamente al Servicio Público de Empleo Estatal.

En el caso de personas trabajadoras transfronterizas:

  • Certificados del extracto de puntos de la CASS o Vida laboral.
  • Carta de despido.
  • Contrato de trabajo.
  • Certificado de la empresaria o empresario que indique el cese involuntario en la actividad laboral en Andorra.

Además de la documentación general (certificado de empresa), tendrás que presentar otra documentación, según su situación:

Si has perdido un trabajo a tiempo completo y mantienes otro a tiempo parcial:

  • Justificante de los ingresos del trabajo que mantienes.

Si has perdido un trabajo a tiempo parcial y mantienes otro a tiempo parcial:

  • Justificante de los ingresos del trabajo que mantienes.

Si posteriormente pierdes el trabajo a tiempo parcial que mantenías:

  • Certificado de empresa de los últimos 180 días anteriores a la pérdida del primer trabajo a tiempo parcial, en el caso de que no se encuentre en la base de datos del Servicio Público de Empleo Estatal.

Si has impugnado el despido:

  • Acta de conciliación administrativa o judicial, o resolución judicial, o providencia de opción por la indemnización, o auto de extinción de la relación laboral en caso de no readmisión irregular por el que se declare extinguida la relación laboral.

Si has cesado en la actividad de torero o torera:

  • Contrato de trabajo de la última actuación.

Nota: Los toreros o toreras no aportarán la documentación general (certificado de empresa) por carecer de ella.

Si has cesado como persona trabajadora empleada de hogar:
Comunicación escrita de la persona empleadora, debiendo constar de modo claro e inequívoco:

  • La voluntad de la persona empleadora de dar por finalizada la relación laboral y
  • La causa por la que se extingue la relación laboral.

Si has cesado en una empresa habiendo solicitado excedencia voluntaria en otra anterior:

Si el plazo de duración de la excedencia voluntaria ya ha transcurrido cuando solicitas la prestación por desempleo o no está previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia concedida, deberás aportar escrito de la empresa en el que conste que no puedes reingresar a la misma.

  • Escrito de no reingreso a la empresa.

Si eres representante de comercio:

  • Certificado de empresa, si no ha sido enviado previamente al Servicio Público de Empleo Estatal.

Si no tienes el certificado de empresa de la última empresa en la que has trabajado:

  • Certificación de ingreso de las cuotas a la Seguridad Social.

Si eres socia o socio coooperativista:

  • En el supuesto de cese por causas económicas, tecnológicas o de fuerza mayor: certificado de empresa o documento de despido.

En caso de extinción o suspensión de la relación laboral de víctimas de violencia de género o violencia sexual:

  • Acreditar la condición de víctima de violencia de género o violencia sexual mediante orden de protección o informe del Ministerio Fiscal o, en su caso, certificación de los Servicios Sociales de la Administración competente o del centro de acogida, por resolución judicial.

Si has trabajado en un país extranjero:

  • Si regresas de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo:
    • Formulario U1 o E-301.
    • En el caso de emigrantes de Suiza, certificado de la Agregaduría Laboral de dicho país o formulario U1.
    • En el caso de emigrantes de Australia, Formulario de enlace.
  • Si regresas de un país que no sea miembro de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo, o con el que no exista convenio sobre protección por desempleo:

En estos últimos dos casos:

  • Si cuando regresas a España trabajas:
    • Certificado de empresa, firmado y sellado de la última empresa en la que has trabajado, tras tu regreso a España, en el caso de que no se encuentre en las bases de datos del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Si cuando regresas a España no trabajas:
    • Certificado de empresa, firmado y sellado de la última empresa en la que has trabajado antes de la última salida de España, en el caso de que no se encuentre en las bases de datos del Servicio Público de Empleo Estatal.

Si eres liberado o liberada de prisión:

Según corresponda:

  • Centro Penitenciario:
    • Certificación de la Dirección del Centro Penitenciario, en la que conste la excarcelación tras prisión preventiva, por cumplimiento de condena o libertad condicional, así como las fechas de ingreso en prisión y de excarcelación.
  • Centro de Deshabituación de Drogodependencia:
    • Certificación del Centro de Deshabituación de Drogodependencia.
    • Resolución Judicial de suspensión de la pena.
    • Resolución Judicial de remisión de la pena.

Para cualquier caso:

Si el subsidio por cotización insuficiente lo solicitas sin responsabilidades familiares:

  • La persona interesada solo deberá justificar, en su caso, los ingresos que ha obtenido en el mes anterior a la solicitud.

Si el subsidio por cotización insuficiente lo solicitas con responsabilidades familiares:

Para la justificación de las responsabilidades familiares:

  • Justificante de los ingresos obtenidos en el mes anterior a la solicitud por tu cónyuge y/o hijos e hijas que hayas hecho constar en la solicitud.

Si tu cónyuge y/o hijos e hijas no residen en España y están trabajando:

  • Formulario U0006 o E-302, para países miembros de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo o con los que exista convenio sobre protección por desempleo (Suiza o Australia).
  • Certificación consular o de la embajada de España en el país de residencia, o certificación del organismo competente en ese país sobre la situación laboral de tu cónyuge y tus hijos e hijas, para países que no sean miembros de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo.
  • Libro de Familia o certificación del Registro Civil de nacimiento o de familia. En el caso de las personas extranjeras, documento equivalente a los citados anteriormente, con traducción oficial al español.

Si tienes hijos o hijas mayores de 26 años con discapacidad:

  • Certificado del grado de discapacidad expedido por el IMSERSO o el órgano de la Comunidad Autónoma correspondiente, del Ministerio de Hacienda y Función Pública o de Defensa que reconozca una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Si tienes personas menores acogidas:

  • Resolución judicial o escrito de formalización de acogimiento en el que conste el consentimiento de la Entidad Pública que en cada territorio tenga encomendada la protección de menores y la fecha de efectos del acogimiento.

En caso de separación o divorcio:

  • Sentencia y/o convenio regulador donde figure el importe de la pensión alimenticia a favor de los hijos e hijas y de la pensión compensatoria.