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¿Con qué son compatibles las prestaciones por desempleo?

¿Con qué son compatibles
las prestaciones por desempleo?

La prestación contributiva
o el subsidio por desempleo
es compatible con:

  • El trabajo a tiempo parcial.
    Cobras el paro
    de las horas que no trabajas.

  • La pensión de jubilación parcial
    y pensiones o ayudas
    de la Seguridad Social
    compatibles con el trabajo
    que originó la prestación.

  • Pensiones reconocidas
    y pagadas por otro país.

  • Los contratos de trabajo
    que firme en un programa
    de sustitución de personas trabajadoras
    en formación.

  • La indemnización que te corresponde
    cuando se termina tu contrato de trabajo.

  • Las becas y ayudas públicas
    para compensar gastos de transporte,
    alojamiento y manutención,
    para participar en actividades
    de formación ocupacional.

  • Las prácticas
    en entidades públicas o privadas
    que sean parte de tus estudios,
    que hagas como parte
    de una colaboración
    entre las entidades
    y el centro donde estudias,
    si no exigen dedicación exclusiva
    y el dinero que te pagan
    sea para ayudarte
    con los gastos de material,
    locomoción, alojamiento
    o manutención
    necesarias para hacer
    las prácticas.

  • Participar en cargos públicos
    o sindicales
    con dedicación parcial.

  • Las prestaciones
    de la Seguridad Social
    por hijo o hija a cargo.

  • El trabajo autónomo.
    Tanto por cuenta propia,
    como siendo socio
    de una cooperativa
    o sociedad laboral
    de nueva creación.

    Puedes hacerlo
    durante 270 días como máximo
    o por los días que te queden
    de paro.
    Tienes que pedir
    que el SEPE apruebe
    que puedes cobrar el paro
    mientras que eres autónomo
    en 15 días como máximo
    desde que inicias tu actividad.

  • Si eres mayor de 52 años
    y cobras un subsidio por desempleo,
    puedes compatibilizarlo
    con un contrato a tiempo completo
    indefinido o temporal,
    si dura más de 3 meses.

  • Con participar
    como reservista voluntario del ejército
    en actividades militares
    por las que te paguen.

Puedes cobrar el paro
en estos casos,
menos el último,
si tus ingresos
son menos del 75 por cada 100
del salario mínimo interprofesional
sin contar las pagas extras.

Además, tienes que justificar
la situación familiar
que se tuvo en cuenta
para darte la ayuda.

Consulta cuánto es
el salario mínimo interprofesional
pulsando aquí.

Para hacer tu trámite online pincha aquí.

Para pedir cita previa
para la oficina de empleo pincha aquí.