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Estoy en excedencia voluntaria en mi empresa. ¿Puedo cobrar el paro?

Estoy en excedencia voluntaria en mi empresa.
¿Puedo cobrar el paro?

No puedes cobrar el paro
porque estás disfrutando
de una excedencia voluntaria en tu empresa,
pero no estás en desempleo.

Si mientras estás de excedencia voluntaria,
trabajas en otra empresa diferente y te despiden:

  • Puedes cobrar el paro si aún no ha terminado tu excedencia.
    Y lo cobrarás hasta que se te termine
    o hasta que se te acabe la excedencia.
    Si en ese momento la empresa no te deja volver,
    pero te informa de que podrás volver en un futuro,
    podrás seguir cobrando el paro hasta que se te acabe
    o hasta que vuelvas a la empresa.

  • Y si pides el paro,
    en el caso de que la excedencia ya ha terminado,
    en el caso en el que no estaba previsto
    una duración mínima para tu excedencia,
    deberás de forma obligatoria volver a la empresa
    y si en ese momento la empresa no te deja volver,
    entonces estarás en situación de desempleo
    y podrás recibir el paro.

Excedencia voluntaria:
Derecho que tiene toda persona trabajadora
de pedir a la empresa
que quiere dejar de trabajar para ella
durante un tiempo.
Durante ese tiempo no trabajará
pero no cobrará su sueldo.

Para hacer tu trámite online pincha aquí.

Para pedir cita previa
para la oficina de empleo pincha aquí.