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Si el contrato como persona empleada del hogar es anterior al 01 de octubre de 2022, ¿también hay que cotizar a desempleo?

La cotización por desempleo será obligatoria para las personas trabajadoras empleadas de hogar, a partir del 1 de octubre de 2022, independientemente de si el contrato es anterior o posterior a dicha fecha.

Las bases de cotización para desempleo serán las correspondientes a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

El tipo de cotización aplicable entre el 1 de octubre de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, será el 6,05 por ciento, del que el 5 por ciento será a cargo de la persona empleadora y el 1,05 por ciento a cargo de la persona empleada.

A partir de enero de 2023 la cotización se realizará de acuerdo con lo establecido en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.