Iniciativas de la formación en el trabajo
Las iniciativas de formación son cada una de las modalidades a través de las cuales se desarrolla el Sistema de Formación en el Trabajo. Estas iniciativas se concretan en acciones formativas de naturaleza laboral, dirigidas a dar respuesta inmediata a las distintas necesidades individuales de las personas y a las demandas del sistema productivo.
Además de estas iniciativas, el Sistema de Formación en el Trabajo también se puede desarrollar a partir de diferentes Programas de activación para el Empleo:
Iniciativas de Formación
Formación programada por las empresas para sus trabajadores
Es una iniciativa de la Formación en el trabajo, que tiene por objetivo cubrir las necesidades de formación de sus trabajadores, en base a sus necesidades y a los requerimientos del mercado laboral.
¿Cuáles son las personas usuarias?
- Asalariadas que prestan sus servicios en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones públicas a que hace referencia el artículo 6.6
- Fijas-discontinuas en los períodos de no ocupación
- Personas que, durante su participación en esta formación, accedan a situación de desempleo
- Afectadas por medidas temporales de suspensión de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en sus períodos de suspensión de empleo
- Personas trabajadoras de los colectivos cuyo régimen de cotización contemple el pago de cuota por el concepto de formación profesional
¿Qué características tiene este tipo de formación?
- Las acciones formativas estarán relacionadas con la actividad empresarial.
- Flexibilidad en sus contenidos y en cuanto al momento de su impartición
- Respeto al derecho de información y consulta de la representación legal de los trabajadores
- Comunicación del inicio y finalización de las acciones formativas ante la Administración
- Garantizar un desarrollo satisfactorio de las acciones formativas y de las funciones de seguimiento, control y evaluación, así como la adecuación de la formación realizada a las necesidades formativas reales de las empresas y sus trabajadores.
¿Cómo se organiza la formación?
Podrán organizar la formación, empresas o grupos de empresas por sí mismas, así como impartir la formación empleando para ello medios propios o bien recurriendo a su contratación.
Las empresas también podrán optar por encomendar la organización de la formación a una entidad externa.
¿Cómo se financia?
Las empresas dispondrán de un «crédito de formación», el cual podrán hacer efectivo mediante bonificaciones en las correspondientes cotizaciones empresariales a la Seguridad Social
Control, seguimiento y evaluación de la calidad de la Formación
El control, seguimiento y evaluación de la calidad de la formación, queda recogido en el artículo 17 de Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en el que se establecen los procedimientos de seguimiento y evaluación para el aseguramiento de la calidad de la formación impartida a través de las diferentes iniciativas de formación.
¿Cuál es el ámbito de las actuaciones de control, seguimiento y evaluación de la calidad de la formación?
- Comprende todas las actuaciones (control, seguimiento y evaluación) sobre cualquiera de las iniciativas y modalidades de impartición que realicen los servicios públicos de empleo en el ámbito del Sistema de Formación en el trabajo
- Se podrá realizar sobre la totalidad de las acciones formativas o en base a una muestra estadística suficientemente representativa, de acuerdo con lo que determine cada Administración competente
- Los resultados de las referidas actuaciones se sistematizarán y agregarán para su incorporación en los correspondientes Planes anuales de seguimiento y en los Planes anuales de evaluación del conjunto del Sistema de Formación en el trabajo
- Se promoverán los sistemas de certificación de la calidad
¿Cómo se realizan estas actuaciones?
El procedimiento para realizar las actuaciones de control, seguimiento y evaluación de la calidad de la formación es el siguiente:
- Identificación de las acciones de formación, los recursos humanos implicados y el calendario de actuaciones
- Presentación de documentos que acrediten la realización de la formación de acuerdo con los requisitos establecidos, a solicitud de la administración competente
- Realización de visitas «in situ», por parte de la administración, a las entidades de formación orientadas a la comprobación del cumplimiento de los requisitos
- En la modalidad de teleformación las visitas «in situ» se realizarán, en su caso, en las sesiones presenciales de la acción formativa. El seguimiento y control de carácter telemático se realizará a través del servicio web o de la plataforma virtual de formación. También podrá haber un seguimiento telefónico o por otros medios, que podrán utilizarse para verificar el desarrollo de la acción formativa.
Las actuaciones incluyen la evaluación de los resultados de la formación y velará por la calidad de la formación que se imparta, estableciendo indicadores objetivos y medibles de forma que se garantice el acceso de la persona trabajadora a una formación de calidad que mejore su vida profesional y personal.
¿Durante cuanto tiempo se realizan las actuaciones?
- Desde la comunicación de inicio de la acción formativa hasta la finalización de la misma
- Una vez finalizada la ejecución de la acción formativa, se podrán realizar actuaciones adicionales de comprobación de la documentación que han de aportar las entidades de formación sobre la ejecución y resultados de la acción y justificación de los costes de la formación.