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Tras un trabajo a tiempo parcial cobro el paro. Si me coloco a tiempo parcial, ¿puedo seguir cobrando? ¿Qué debo hacer?

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Podrás compatibilizar la prestación con el contrato a tiempo parcial si lo solicitas en tu oficina de prestaciones en el plazo de los 15 días siguientes a tu colocación, y se iniciará desde la fecha de dicha colocación; si la solicitas fuera de plazo, empezarás a percibirla desde la fecha de solicitud.

Para ello, deberás cumplimentar el impreso denominado "Solicitud simplificada de prestaciones", en www.sepe.es. Marca la casilla de “Compatibilidad con el trabajo a tiempo parcial"

La cuantía de tu prestación se verá reducida en proporción al tiempo trabajado en el contrato a tiempo parcial, pero cada día que percibas es un día consumido de tu derecho.

Si se producen variaciones en la jornada realizada durante el tiempo que compatibilizas la prestación con el contrato a tiempo parcial, debes comunicarlas al Servicio Público de Empleo Estatal, con el fin de que se realicen las modificaciones necesarias en el porcentaje de prestación que debas percibir.

Si eres una persona trabajadora fija discontinua a tiempo parcial no tienes la opción de compatibilidad con la prestación cuando se produce el inicio de la campaña, excepto en los supuestos en los que dicho trabajo fijo discontinuo no fue determinante para la aprobación de la prestación por desempleo.