
¿Cobraré paro o subsidio si trabajo en una explotación agraria de un miembro de mi familia?
Si es usted una persona trabajadora agrícola en una explotación de la que es titular un familiar con quien convive, para poder cotizar y acceder a la protección por desempleo, deberá probar que usted es persona asalariada.
A estos efectos, se consideran familiares de la persona trabajadora su cónyuge o parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado inclusive (hijos e hijas, madre, padre, nietos y nietas, abuelos y abuelas, hermanos y hermanas, cuñados y cuñadas, nueras, yernos, suegro y suegra).
Más información sobre prestaciones por desempleo para personas trabajadoras del campo en: “Soy una persona trabajadora del campo".