
He encontrado trabajo a tiempo parcial
Si mientras está cobrando la prestación contributiva o el subsidio por desempleo empieza a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial puede optar por suspender su prestación o compatibilizarla, en su caso.
Su situación
Si usted está cobrando prestación contributiva y empieza a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial puede elegir entre interrumpir el cobro de la prestación, mientras esté vigente el contrato, o compatibilizar el trabajo con el cobro de la prestación contributiva.
- Si interrumpió la prestación y el contrato dura menos de 360 días, cuando este finalice, puede solicitar la reanudación de la prestación que tiene interrumpida.
- Si el contrato dura 360 días o más, cuando finalice, puede solicitar una nueva prestación con estas cotizaciones u optar por reanudar la prestación que usted interrumpió al empezar a trabajar. Si opta por reanudar, las cotizaciones que hubieran servido para generar la nueva prestación (que no ha elegido), no podrán tenerse en cuenta para una prestación posterior.