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Socio/a trabajador/a o de trabajo de caracter estable en una cooperativa

Si vas a incorporarte de forma estable como socio/a trabajador/a o de trabajo en una cooperativa, puedes obtener hasta el 100 % del importe de la prestación que te quede por percibir para abonar la cuota de ingreso y para realizar la aportación obligatoria, y en su caso, la voluntaria, al capital de dicha cooperativa, así como para hacer frente a los gastos de puesta en funcionamiento de la misma. Únicamente puedes obtener como pago único la cantidad efectivamente desembolsada, sin tener en cuenta futuros desembolsos ni pagos aplazados.

Si vas a destinar parte del pago único a realizar una aportación voluntaria al capital de la cooperativa, deberás aportar una certificación de tu órgano de gobierno de que esa cantidad se destina al capital social. Además, deberás firmar ante la cooperativa el compromiso de que dicha aportación voluntaria permanecerá en la cooperativa el mismo tiempo que la aportación obligatoria o, al menos, el tiempo en el cual hubieras percibido tu prestación contributiva mes a mes, de no haber solicitado el pago único. Deberás presentar el justificante de dicho compromiso ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Si no vas a obtener toda tu prestación en un solo pago de esta forma, también puedes solicitar simultáneamente el abono mensual del importe restante de la prestación por desempleo para subvencionar tu cotización a la Seguridad Social, e incluso, puedes solicitar y obtener exclusivamente el abono mensual de toda la prestación pendiente de percibir para subvencionar tu cotización a la Seguridad Social.

Se abonará como pago único la cuantía de la prestación, calculada en días completos, de la que se deducirá el importe relativo al interés legal del dinero, (Cuantías para este año).

También podrás destinar hasta el 15 % de la cuantía del pago único de la prestación a pagar servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.