Sistema de formación en el trabajo
¿Qué es el Sistema de Formación en el trabajo?
La Formación en el Trabajo, regulada en el artículo 33 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, es el marco de todas las iniciativas y acciones de formación de naturaleza laboral, que no se vinculan al Catálogo de Estándares de Competencias, que se programan y desarrollan para la formación a lo largo de la vida de toda persona trabajadora, ocupada o desempleada, con la finalidad de mejorar su cualificación, recualificación y adaptación profesionales y facilitar la libre elección de profesión u oficio y la promoción profesional, sin que puedan sufrir ningún tipo de discriminación.
¿Qué comprende?
Comprende como mínimo, tanto el Servicio de Formación recogido en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo regulada en el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. como el permiso retribuido de veinte horas anuales de formación en el ámbito laboral, acumulables por un período de hasta cinco años (Artículo 23.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores).
La implementación de los servicios garantizados a personas, empresas y demás entidades usuarias de los servicios de empleo, previstos en el artículo 56 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, se efectuará a través de la citada Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y de las Carteras propias de las Comunidades Autónomas.
Los servicios de Formación en el Trabajo contemplados en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, son los siguientes:
- Formación en el trabajo acorde a las necesidades de las personas, empresas y entidades usuarias
- Inscripción de centros y entidades de formación en el trabajo
- Control, seguimiento y evaluación de la calidad de la formación en el trabajo
- Otros servicios, entre los que se incluyen:
- Mantenimiento y actualización del historial formativo en el trabajo de la persona trabajadora, reflejado en el “Expediente laboral personalizado único”
- Gestión de los instrumentos europeos para favorecer la movilidad en la formación, y en particular, la gestión de los programas e iniciativas que faciliten la movilidad para la formación y cualificación europeas.
¿Cómo se desarrolla la Formación en el trabajo?
La formación en el trabajo se desarrolla a través de diferentes iniciativas y programas, entendiéndose como cada una de las modalidades que configuran el Sistema de Formación en el Trabajo. Estas iniciativas se concretan en acciones formativas de naturaleza laboral, dirigidas a dar respuesta inmediata a las distintas necesidades individuales de las personas y a las demandas del sistema productivo.
Tanto las iniciativas como los programas se regulan respectivamente en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral y en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
Otra normativa que complementa el desarrollo de estas iniciativas de formación es la siguiente: Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral y Orden TMS/368/ 2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en relación con la oferta formativa y su financiación, establece las obligaciones de los centros y las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación