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Si mientras estás cobrando la prestación contributiva empiezas a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial puedes optar por suspender tu prestación o compatibilizarla, en su caso.
Su situación
Si estás cobrando prestación contributiva y empiezas a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial puedes elegir entre interrumpir el cobro de la prestación, mientras esté vigente el contrato, o compatibilizar el trabajo con el cobro de la prestación contributiva.
Si interrumpiste la prestación y el contrato dura menos de 360 días, cuando este finalice, puedes solicitar la reanudación de la prestación que tienes interrumpida.
Si el contrato dura 360 días o más, cuando finalice, puedes solicitar una nueva prestación con estas cotizaciones u optar por reanudar la prestación que interrumpiste al empezar a trabajar. Si optas por reanudar, las cotizaciones que hubieran servido para generar la nueva prestación (que no has elegido), no podrán tenerse en cuenta para una prestación posterior.
Requisitos
Si estás cobrando prestación contributiva
Comenzar un trabajo a tiempo parcial mientras estás percibiendo la prestación.
Mantener la inscripción como demandante de empleo.
Duración y cuantía
Si compatibilizas la prestación con el trabajo a tiempo parcial, la duración de la prestación no cambia. Sin embargo, el importe de la prestación será menor, se reducirá en proporción a la jornada de trabajo que realices. Si la prestación no está agotada al terminar el contrato y solicitas su reanudación, volverás a percibir la cantidad íntegra que te corresponda.
El pago de la prestación por desempleo se realizará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indiques, siempre que seas titular de la misma.
Cuándo, dónde y cómo lo tramito
Si has conseguido una colocación a tiempo parcial, en el momento en que sepas que va a producirse, comunícala en:
La Sede Electrónica del SEPE si dispone de certificado digital o DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.
Tal y como se detalla en la "Guía de uso de solicitud prestación" bajo el epígrafe "solicita tu prestación" se encuentran las distintas opciones, entre las que figura compatibilidad con trabajo por cuenta ajena y compatibilidad con trabajo por cuenta propia.
Solo se podrá solicitar la compatibilidad por teléfono si percibes prestación contributiva y solo tienes un contrato a tiempo parcial.
Debes indicar el nombre de la empresa en la que te has colocado y la fecha de inicio del contrato.
Si la jornada del contrato a tiempo parcial sufriera variaciones deberás comunicarlo a la oficina de prestaciones, previa petición de cita, con el fin de regularizar la prestación.