Cita Previa Sede electrónica

He encontrado trabajo a tiempo parcial

Si mientras estás cobrando la prestación contributiva empiezas a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial puedes optar por suspender tu prestación o compatibilizarla, en su caso.

Su situación

Si estás cobrando prestación contributiva y empiezas a trabajar por cuenta ajena a tiempo parcial puedes elegir entre interrumpir el cobro de la prestación, mientras esté vigente el contrato, o compatibilizar el trabajo con el cobro de la prestación contributiva.

  • Si interrumpiste la prestación y el contrato dura menos de 360 días, cuando este finalice, puedes solicitar la reanudación de la prestación que tienes interrumpida.
  • Si el contrato dura 360 días o más, cuando finalice, puedes solicitar una nueva prestación con estas cotizaciones u optar por reanudar la prestación que interrumpiste al empezar a trabajar. Si optas por reanudar, las cotizaciones que hubieran servido para generar la nueva prestación (que no has elegido), no podrán tenerse en cuenta para una prestación posterior.