Resumen
El valor añadido del nuevo diseño de las políticas activas de empleo, es la definición y configuración de determinados servicios garantizados en favor de personas y de las pequeñas y medianas empresas. Además de prever su financiación estable y flexible y el establecimiento de una red público-privada para asegurar su implementación, con el objeto de reforzar el estado del bienestar. Este es el contenido que desarrolla este artículo.
Abstract
The added value of the new designo of active employment policies is the definicion and configuration of certain guaranteed services in favor of peopele and small and medium-sized businesses. In addition, to proviede for its stable and flexible financing and the establishment o a public-private network to ensure its implemntatation, with the aim of strengthening the welfare state. This is the content trat this article develops.
1. Introducción
Desde finales de la II Guerra Mundial, se configuró el estado del bienestar en Europa, en torno a los pilares de la existencia de una sanidad, una educación y unos derechos sociales asegurados por los poderes públicos.
Digo que, en Europa, porque a nivel mundial el 50% de las 6.000 millones de personas trabajadoras que hay, son informales. Es decir, que están trabajando, pero no figuran en ningún registro ni cotizan y la existencia de este dato debe reforzar la importancia de preservar nuestro modelo y extenderlo.
Y nos encontramos en esta tercera década del siglo XXI, que está conllevando un cambio de era, en la que todos estos pilares deben reforzarse para responder a la nueva realidad de la sociedad tras el COVID-19 y a los retos demográfico, climático y digital.
Además, debemos apostar por incorporar otro pilar que refuerce el estado del bienestar y es la reforma y reconfiguración de las políticas activas de empleo que en España se está materializando.
Si una persona tiene derecho a que le atienda personal profesional sanitario o a recibir educación que se la transmita personal profesional docente, igualmente, una persona tiene que tener derecho a ser atendida por el personal técnico orientador de empleo y una empresa, a recibir también esa atención especializada. Así se completa el círculo de los servicios garantizados en el estado del bienestar.
2. Afortunadamente, está Europa.
Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia internacional provocada por la COVID-19, el 11 de marzo, los Estados miembros de la Unión Europea adoptaron con rapidez medidas coordinadas de emergencia para proteger la salud de la ciudadanía y evitar el colapso de la economía.
El Consejo Europeo de 21 de julio de 2020, acordó un paquete de medidas de gran alcance que aunaban el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027, y la puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación (“Next Generation EU”), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. A su vez, el Gobierno de España aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de abril, y de conformidad con lo establecido por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.
A diferencia con lo que había ocurrido una década atrás cuando desde la Comisión Europea se decidió tomar medias de restricción presupuestaria que tanto perjuicio provocaron a las políticas públicas y a las personas, en esta ocasión se optó por disponer de políticas expansivas en favor de las reformas políticas estructurales y de las personas.
3. Configuración de la reforma.
Fruto de este Plan y de los compromisos de reformas acordados, el 7 de diciembre de 2021, se publicó el Real Decreto 1069/2021, de 4 de diciembre por el que se aprueba la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024. La aprobación de esta Estrategia respondía a una actuación contemplada en la Reforma 5 “Modernización de políticas activas de empleo”, incluida en el Componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, encuadrado en el área política VIII “Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo” del Plan de Recuperación, transformación y Resiliencia, hito número 334.
Esta Estrategia, que fue desarrollada y apoyada por todos los servicios públicos de empleo autonómicos, coordinados por el Servicio Público de Empleo Estatal, ponía los raíles para iniciar una reforma estructural de las políticas activas de empleo.
Este Real Decreto introdujo una visión estratégica nueva, con unos objetivos centrados en las personas y en las empresas, fundamentalmente en las pequeñas, en coherencia con la transformación productiva, orientada hacia resultados, impulsando la mejora de las capacidades de los Servicios Públicos de Empleo y mejorando la gobernanza y cohesión del Sistema Nacional de Empleo.
La configuración y acuerdo en torno a la Estrategia, sirvió para que un poco más de un año después, se aprobara la Ley 3/2023 de 28 de febrero, de Empleo (BOE 1 de marzo), una norma que establece el marco de ordenación de la política de empleo, que integra tanto las políticas activas de empleo como las políticas de protección por desempleo.
Sustituyó a una ley que estuvo vigente veinte años, la ley 56/2003 (la norma del 2015, era un Texto Refundido, con la columna vertebrar de aquel texto del 2003), y persigue que las estructuras, recursos, servicios y programas respondan a la realidad del mundo laboral en el que nos encontramos en este cambio de era.
Con ella se da cumplimiento al hito CID número 335 del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia. Es una de las 102 reformas que están acordadas con la Comisión Europea, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 102 reformas y la del Empleo es una de ellas. Por lo tanto, está entre ese conjunto de normas que están construyendo el armazón jurídico del nuevo estado del bienestar en nuestro país juntamente con la reforma laboral, la reforma de las pensiones, la reforma de la función pública y otras muchas. También de la reforma del nivel asistencial de la protección por desempleo, que verá la luz, tras someterse al diálogo social y a la tramitación parlamentaria, en los próximos meses.
Una reforma que, a partir de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, ha contado con el impulso del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y dentro del Sistema Nacional de Empleo, con el SEPE y los servicios públicos de empleo autonómicos y habiendo contado, fundamentalmente, con las aportaciones de los Interlocutores Sociales y de la Economía Social y también de otras entidades relacionadas con el empleo.
Con un fin pedagógico, la norma dedica el artículo 3 a establecer los conceptos básicos relacionados con la propia ley. No es normal realizar esta concreción en una ley, pero en esta ocasión se estimó que era necesario para asegurar el éxito en la comprensión de la misma. Conceptos como empleabilidad, en línea con lo que establece la OIT sobre la misma, o la intermediación laboral que la termina configurando como un servicio en el que se asegure que no es solamente fruto de una casación de ofertas y demandas realizadas por alguna herramienta tecnológica con mayor o menor fortuna, o la colocación adecuada, que la termina definiendo en último caso como aquella que sea convenida en el acuerdo de actividad. Y algunos otros conceptos más.
4. El acuerdo de actividad, en el frontispicio.
Particularmente hay que destacar el concepto de “acuerdo de actividad”, que es la plasmación de la conformidad documentada, de los derechos y obligaciones entre la persona demandante de los servicios públicos de empleo y el correspondiente Servicio Público de Empleo para incrementar su empleabilidad.
El “acuerdo de actividad” debe ser el documento en torno al que se asienta el elemento inspirador de la reforma, que es el del enfoque centrado en las personas, a través de procesos de apoyo y acompañamiento a lo largo de toda la vida laboral, tomando como referencia el “derecho al apoyo activo para el empleo” que prevé el Pilar Europeo de Derechos Sociales, firmado por el Consejo, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea el 17 de noviembre de 2017.
Ahora con el Acuerdo, se quiere reforzar esa idea de que hay un contrato entre dos partes y que ambas tienen que cumplir. Por un lado, la persona orientadora que por el servicio de empleo correspondiente, proponga el servicio o servicios que posibilite una mejora de la empleabilidad de la persona demandante de servicios que al tiempo, como una de las dos partes del acuerdo, se comprometa a realizar y participar en el itinerario diseñado y servicios propuestos. Descansa en la confianza mutua y en el derecho a garantizar unos determinados servicios, como establece la Ley.
5. Definición de los servicios garantizados.
Estos servicios garantizados regulados en el Título IV de la ley están directamente ligados a la mejora e innovación en el corazón de la política de empleo. Sus elementos inspiradores están centrados en el enfoque en favor de las personas y de las empresas.
Ese acompañamiento profesional a lo largo de toda la vida laboral, que precisan las personas trabajadoras, ya estén ocupadas o en desempleo y también a la pequeña y mediana empresa. Unos servicios garantizados que están bien definidos y con la financiación asegurada, por lo que se convierten en auténticos derechos subjetivos, como ya declarara el eminente jurista administrativista, Eduardo García de Enterría.
Los diez servicios garantizados a las personas son:
1º. La elaboración de un perfil individualizado de usuario que permita la evaluación de la persona demandante de los servicios de empleo, con el soporte de evidencias estadísticas para la mejora de su empleabilidad, y que facilite el ulterior diseño de un itinerario personalizado formativo o de búsqueda activa de empleo o emprendimiento adecuado.
2º. La tutorización individual, y asesoramiento continuado y atención personalizada, presencial o no, durante las transiciones laborales, bien entre educación y empleo o entre situaciones de empleo y desempleo.
3º. El itinerario adecuado a su perfil, que exigirá la formalización de un acuerdo de actividad suscrito entre el servicio público de empleo y la persona usuaria.
4º. La formación, que permita la adquisición efectiva o el incremento sensible de competencias que redunden en una mayor capacidad de inserción laboral.
5º. Asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento con garantías, con apoyo integral y acompañamiento a la activación de proyectos viables.
6º. Intermediación laboral eficiente, que facilite ofertas de empleo adecuadas.
7º. Un canal presencial o digital alternativo, de recepción de los servicios y a recibir una orientación y atención presencial o no.
8º. Acceso a trabajos en todo el territorio del Estado en iguales condiciones.
9º. Búsqueda de la protección social precisa que permita el mantenimiento de un nivel de vida digno durante el proceso de búsqueda de ocupación.
10ª. El expediente laboral personalizado único, que estará integrado entre otros, por el perfil individualizados, el itinerario, el acuerdo de actividad, las actividades desarrolladas en cumplimiento del mismo, la tutorización, ofertas de empleo ofrecidas, etc.
Ligado a los anteriores servicios garantizados, la Ley regula los compromisos de las personas que los demanden, como colaborar en la elaboración de perfil, desarrollar las actividades propuestas para la mejora de la empleabilidad, participar en las acciones formativas o aceptar las colocaciones adecuadas.
6. También, servicios garantizados para empresas.
Es la primera vez que en una norma, se establecen servicios garantizados a las empresas, pensando fundamentalmente, en el tejido empresarial más extendido que hay en este país, que son las pequeñas y medianas empresas.
Por la importancia que tiene conocer bien la radiografía de este tejido empresarial y a partir de los datos del Ministerio de Industria y Turismo, paso a describir la situación cuantitativa.
El número total de empresas pequeñas y medianas, que son aquellas que tienen menos de 250 asalariados asciende a 2.917.389, siendo la cifra de grandes empresas (250 o más asalariados) de 5.531, lo que supone un total de empresas en España de 2.922.920,
De esta cantidad de empresas, 273.133 son del sector de la agricultura, 335.164 del sector de la construcción, 168.811 del sector de industria y del sector de servicios 2.145.812 empresas.
El número de pymes con asalariados en enero de 2024 es de 1.313.796, que, junto con las 5.531 grandes empresas dan un resultado total de 1.319.327 empresas con asalariados.
Por otra parte, las pymes con asalariados dieron empleo en enero a 9.327.126 personas, y las grandes empresas a 6.535.537 personas. En total, las empresas con asalariados dieron empleo a 15.862.663 asalariados.
Desglose por tamaño de empresa:
- Las pymes sin asalariados son 1.603.593, lo que supone el 9,18% del empleo creado.
- Microempresas con un asalariado a nueve son 1.121.675, con 3.410,232 personas trabajadoras, lo que supone un 19,52 % del empleo creado.
- Pequeñas con 10 a 49 asalariados, 165.643 empresas, con 3.263.346 personas trabajadoras, lo que supone un 18,68% del empleo creado.
- Medianas, de 50 a 249 asalariados, 26.478 empresas, con 2.653.548 personas trabajadoras, lo que supone un 15,19 % del empleo creado.
- Grandes empresas, de 250 o mas asalariados, son 5.531, con 6.535.537 personas trabajadoras, lo que supone un 37,42% del empleo creado.
Antes esta radiografía, queda claro que es esencial poder responder con determinados servicios garantizados y se deberían centrar, fundamentalmente, en las microempresas y a las pequeñas empresas.
Estos servicios garantizados a personas, empresas y demás entidades empleadoras, son:
1º. Gestión de las ofertas de empleo presentadas a los servicios públicos de empleo.
2º. Información y asesoramiento sobre la contratación y las medidas de apoyo a la misma.
3º. Identificación de las necesidades de las personas, tanto en lo que se refiere a puestos vacantes como a perfiles profesionales requeridos que facilite una adecuada planificación formativa.
4º. Información y apoyo sobre los procesos de comunicación de las contrataciones y los trámites legales complementarios.
5º. Apoyo en los procesos de recolocación en los supuestos previstos legalmente.
6º. Información y asesoramiento sobre la difusión de ofertas en el ámbito de la Unión Europea a través de la Red EURES.
Al igual que con respecto a los servicios garantizados para las personas, también en este ámbito existen compromisos, como colaborar con los servicios públicos de empleo en la planificación de las actividades formativas, comunicar los puestos vacantes con los que cuenten y colaborar con la mejora de la empleabilidad de las personas trabajadoras.
7. Colaboración en la implementación de los servicios garantizados.
En la arquitectura de la gestión de las políticas activas de empleo, además de la esencial competencia que tienen los servicios públicos de empleo autonómicos, tenemos que contar con otras estructuras territoriales y sociales que deben apoyar la implementación de los servicios garantizados y para ello, hay que impulsar instrumentos de colaboración público-pública y público-privada.
Resalto:
1º. Las entidades locales, en el ámbito del refuerzo de la dimensión local del empleo que destaca la Ley de Empleo. Son muchas las entidades locales que, aunque no sean de su competencia, sí son de su incumbencia y han desarrollados unidades especializadas que ejecutan políticas activas de empleo con el bisturí de la cercanía e inmediatez que conlleva estar apegadas al territorio. En algunas comunidades autónomas, como en Cataluña, han avanzado en la regulación comarcal de las competencias de empleo.
2º. Las entidades sin ánimo de lucro del tercer sector. Son muchas este tipo de entidades que trabajan en el ámbito del empleo desde hace décadas y acumulan una experiencia muy valiosa. Atienden a personas de colectivos especialmente vulnerables y lo hacen con un personal orientador especialmente cualificado. La Fundaciones de la ONCE, el Secretariado Gitano, Tomillo, la Cruz Roja o Cáritas, son un buen ejemplo de ello y ya son muchos los proyectos que se vienen ejecutando.
3º. Las universidades también tienen equipos de orientación con los que hay que contar para que se sientan pertenecientes a la red de orientación laboral de este país. El ámbito de actuación de la Universidad y sobre todo tras la última Ley Orgánica que reforma el Sistema Universitario, amplía su actuación también al alumnado ligado a la formación profesional y formación en el trabajo que también se impartirá en las universidades.
4º. Es fundamental también la incorporación definitiva en este país a las empresas privadas especializadas en la orientación laboral y en facilitar los procesos de recolocación. Los protocolos de trabajo y el personal orientador de estas empresas, tienen que formar parte de la red de orientación laboral, ocupando los espacios que ya ocupan y que deben ampliar, a partir de la configuración que se acuerde en cada uno de los ámbitos territoriales respectivos, sabiendo que desde el sector privado con los instrumentos jurídicos adecuados, pueden responder con garantías de calidad y celeridad.
Así, para el refuerzo y extensión de los servicios garantizados de empleo de los que este país se ha dotado, toda esta red es también un pilar.
8. Financiación y evaluación para unos servicios garantizados.
En la parte del armazón operativo de la política de empleo, también se ha mejorado e innovado en materia de financiación, convirtiendo la plurianual en la regla general, para que haya políticas activas de empleo los 365 días del año, sabiendo que además, se ha calculado el coste unitario de los servicios garantizados, para que partiendo de conocer este dato, se asegure su financiación a través de los Presupuestos del Estado.
También se ha mejorado la evaluación de las políticas de empleo para que podamos contar con los datos de calidad que se precisan en la toma de decisiones, para continuar, mejorar o sustituir casi en tiempo real, lo que son buenas prácticas o lo que en un momento dado, no esté dando los resultados esperados.
Ya se han realizado tres evaluaciones, la de los planes de empleo anuales del 2021 y 2022 y la intermedia de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, y en las tres se han extraído algunas conclusiones que aunque podían intuirse, ahora las tenemos contrastadas científicamente, como que la personas que recibe determinados servicios de empleo, aumenta exponencialmente sus posibilidades de inserción o que las personas que están recibiendo una prestación por desempleo, tienen un impacto más positivo cuando reciben servicios de empleo que las personas en desempleo que no cobran prestación.
Igualmente, que invertir en políticas activas de empleo es rentable para el PIB, revirtiendo en el mismo 1,50 euros por cada euro que se presupuesta en políticas activas de empleo.
9. Perspectiva de género.
La incorporación de la perspectiva de género de forma transversal en toda la política de empleo, es otra de las innovaciones que no podía esperar, y desde el año 2023, en el marco del Plan Anual de Fomento del Empleo Digno, se aprueba un Plan para la implementación de la perspectiva de género con los indicadores correspondientes.
Sabíamos hasta ahora, cuantitativamente, cuantas mujeres recibían o participaban en determinados programas o servicios, pero desconocíamos en muchos casos los efectos cualitativos. Tanto el diagnóstico de la situación de la implementación de la perspectiva de género en cada uno de los servicios públicos de empleo autonómicos y en el estatal, más el protocolo de actuación con más de 100 medidas que pueden seleccionarse para su desarrollo como la herramienta tecnológica para realizar el seguimiento, son un valor añadido que nos dará mejor información y resultado al poner los servicios garantizados de empleo al servicio de la ciudadanía.
10. Agencia Española de Empleo.
Y la Agencia Española de Empleo, como columna vertebral de la gobernanza y coordinación de la política de empleo que posibilitará incorporar la flexibilidad y modernidad en la gestión administrativa que conlleva la figura de la Agencia, lo que llevado a la gestión financiera, presupuestaria y de personal, nos permitirá responder con más agilidad a los retos que tenemos.
11. Coordinación entre las políticas activas de empleo y las de protección por desempleo.
En los años 80 del pasado siglo, en las exposiciones de motivos de las normas que empezaron a regular una respuesta integral al desempleo, que posibilitara mantener una renta hasta que se volviera a encontrar empleo, ya se incidía en la necesidad de coordinar la protección con las políticas activas de empleo. Por el alto nivel de desempleo medio que ha mantenido este país y por la falta de mantenimiento de inversión en políticas activas de empleo, este objetivo no ha terminado de dar los resultados esperados.
Con la reforma estructural de las políticas activas de empleo, incorporando los servicios garantizados y con la voluntad política de mantener un nivel de financiación suficiente, en breve contaremos con una reforma del nivel asistencial de la protección por desempleo, que incorporará el servicio garantizado del itinerario adecuado a su perfil, tras la formalización de un acuerdo de actividad suscrito entre el servicio público de empleo y la persona beneficiaria del subsidio por desempleo.
Además se incorporarán distintas fórmulas de compatibilidad del subsidio por desempleo con el inicio de una relación laboral, que permitirán transitar en mejores condiciones desde el desempleo al empleo.
12. El factor humano, lo más importante.
Lo más importante, el factor humano. Donde nos jugamos gran parte del éxito de esta importante reforma con la implementación de los servicios garantizados, es en seguir contando y reforzando, una red de personas profesionales de la orientación laboral, en el amplio sentido que queremos darle de responder al acompañamiento personalizado a personas y empresas, una red de profesionales, que deben pasar por la incorporación en las relaciones de puestos de trabajo de los servicios públicos de empleo, tanto del estatal, como de las autonómicas, una red que se debe alinear con el personal profesional orientador que presenta sus servicios en las Universidades, en las Entidades Locales, en las entidades del tercer sector y, por supuesto, en el ámbito de la colaboración público/privada.
Estamos trabajando en la configuración de un perfil profesional del personal orientador, que prestando su trabajo en cualquier ámbito, público o privado, tenga un marco de competencias profesionales visibles, evaluables y acreditables homogéneas.
En toda la gobernanza de este factor humando, está teniendo una especial importancia el trabajo realizado por la red de los veinte Centros de Orientación, Emprendimiento,
Acompañamiento e Innovación financiados con los fondos los Plan de Recuperación y que están configurados como el lugar de encuentro físico y virtual de toda la red de orientación. Uno por cada una de las 17 CCAA, más otros dos en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y otro estatal.
13. Conclusiones en torno a un servicio garantizado que son extensibles al resto.
Si hay un servicio garantizado con especial trascendencia es el de la formación y recientemente hemos tenido un espacio de reflexión sobre este ámbito, en el marco de la pasada presidencia española del Consejo de la Unión Europea y de la declaración del Año Europeo de las Competencias, que se celebró en Barcelona los días 19 y 20 de octubre, celebrando una conferencia bajo el título: “El Pilar Europeo de los Derechos Sociales y las nuevas políticas activas de empleo”. Las conclusiones de la misma, son el resultado práctico de la transformación de la política de empleo que estamos llevando a cabo en nuestro país.
Está acreditado que la formación impacta directamente en las tres transiciones en las que nos encontramos: la demográfica, la ecológica y la digital. Estas transiciones serán justas si se incorpora la Ética como forma de impulsar el respeto humano y aquí la formación vuelve a tener un papel preponderante.
Factores que impactan en estas transiciones:
1º. Científicamente sabemos que en Europa iniciamos un invierno demográfico en el que por edad, perderemos hasta el 2050 a 80 millones de personas en edad de trabajar y el África subsahariana ganará 800 millones. Acertar de forma generosa y sin prejuicios en la ordenación de los flujos migratorios, será lo que permitirá incorporar a personas inmigrantes debidamente formadas, en el mercado de trabajo europeo y sostener nuestros estados del bienestar. Cuando hablamos de la necesidad de adquirir talento, no pensemos en que viene en contenedores que van y vienen al socaire de necesidades puntuales. El talento llega unido a las personas que precisan de su integración en la comunidad.
2º. Igualmente en muchos sectores, tenemos que ser capaces de incorporar a la mujer al trabajo. En el transporte y en la construcción solamente hay un 15% de mujeres trabajando y en el sector tecnológico solamente un 30%. De nuevo la formación en competencias profesionales y sobre todo personales, adquieren una especial relevancia para responder al reto de la incorporación de la mujer en estos sectores.
3º. Hay que continuar en la senda de la certificación de las competencias. Tenemos a demasiadas personas con competencias sin la acreditación suficiente, lo que conlleva mayor precariedad laboral al no existir reconocimiento profesional e imposibilidad real de promoción profesional. También para evitar brechas de productividad, que surgen cuando falta la formación o cuando esta no cuenta con la certificación adecuada.
4º. El ámbito de la colaboración público privada es mejorable en nuestro país y aunque en el ámbito de la formación, esta colaboración está más organizada, ahora de la mano de la Ley de Empleo recientemente aprobada y el desarrollo de los servicios garantizados, incluido el de formación, tienen que mejorarse. Un servicio público de empleo fuerte, mejora directamente la posibilidad de contar con la colaboración público privada para llegar eficazmente a todos los ámbitos del mercado de trabajo.
5º. Es en los colectivos vulnerables en los que tenemos que centrar las políticas de empleo.
6º. Hay que extender y visibilizar la taxonomía ESCO, como herramienta para identificar eficazmente a las competencias que está reclamando el tejido empresarial.
7º. Hay que avanzar en la puesta a disposición de las personas, de la posibilidad de ir construyendo su itinerario formativo a través de las microcredenciales.
8º. Hay que disponer de unas prestaciones por desempleo que respondan al momento en el que nos encontramos, ligándolas a la formación y mejorando los espacios de compatibilidad de las mismas con el trabajo por cuenta ajena y propia. Hay que plantearse regular o reformar algunas de las prestaciones que tenemos, para dar respuesta al problema de que la obsolescencia en las competencias de una persona, sea la causa principal por la que pierde el empleo.
9º. Es el diálogo social el que nos debe servir para ir avanzando en acuerdos ajustados a las necesidades del tejido empresarial y de los intereses de las personas trabajadoras. Es la mejor herramienta, que en este país, ha demostrado que con acuerdos Gobierno/Interlocutores Sociales, se consiguen mayores grados de desarrollo.
10º. De lo global a lo local. A partir de la mejora de las políticas de empleo en el marco europeo o estatal, hay que ir avanzando y desarrollando su ejecución a nivel territorial, en nuestro caso de CCAA y a continuación danto a la dimensión local del empleo el espacio suficiente, en el que han demostrado que con bisturí son capaces de obtener muy buenos resultados.
11º. Los servicios públicos de empleo no tienen más remedio que reforzar la red de orientación, con personal profesional incorporado a sus estructuras y complementado con el personal profesional de las entidades privadas especializadas en la orientación profesional, además de reforzarse con herramientas tecnológicas. El acompañamiento personalizado y profesionalizado a lo largo de toda la vida laboral de las personas es el derecho subjetivo que tenemos que blindar. Como decía en el inicio, igual que hay personal sanitario para curar y personal docente para enseñar, tenemos que tener a personal orientador para orientar y no solo a las personas si no también, a la pequeña y mediana empresa. Los servicios públicos de empleo tenemos que ser capaces de responder de forma rápida a la detección de necesidades y transformarlas en especialidades formativas que puedan ser impartidas inmediatamente.
12º. Hay que aprovechar todo el conocimiento que tienen distintas entidades como las que participaron en la Conferencia: Eurofoum, ETF, OIT Cinterfor, Wapes, Cedefop y OCDE.
14. Para finalizar, una conclusión de conclusiones.
No hay una dicotomía entre la libertad y la igualdad, si no que esta última es el corazón a primera y uno de los instrumentos más poderosos que tenemos para avanzar en igualdad es la formación, es la cualificación y recualificación, para incorporar o actualizar las competencias en las personas que al tiempo les va a permitir incorporarse o mantenerse en el mercado de trabajo. Así, hay que poner la formación y el resto de los servicios garantizados en el ámbito de las políticas activas de empleo al servicio del mantenimiento del estado del bienestar, del refuerzo de las clases medias que han sido las que en Europa han mantenido las democracias lejos de movimientos populistas que aprovechan el descontento de las personas que se van viendo excluidas en la sociedad para avanzar en sus posiciones discriminatorias y excluyentes del otro.
En el nuevo contrato social que se debe gestar en Europa, que la formación y el resto de servicios garantizados de empleo lleguen a todas las personas y durante toda su vida es otro de los pilares del estado del bienestar.