Ampliado por segunda vez el plazo de finalización de las obras y servicios, iniciados en el ejercicio 2017, en el marco del programa de fomento de empleo agrario en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas
- 28 de septiembre de 2018
El Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, regula la afectación al programa de fomento de empleo agrario, de créditos para inversiones de las Administraciones públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas. Entre las actuaciones incluidas en este real decreto se encuentra la concesión de subvenciones a las corporaciones locales para la contratación temporal de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en proyectos de garantía de rentas o de generación de empleo estable. La concesión de estas subvenciones se efectúa de acuerdo con lo establecido en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 26 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de la colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.
Dicha Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 26 de octubre de 1998, prevé que las obras o servicios a realizar se puedan ejecutar en su totalidad dentro del año natural del ejercicio presupuestario en que se produce la colaboración, salvo que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, en cuyo caso podrán ser aprobadas las obras y servicios siempre que puedan quedar finalizadas dentro de los seis primeros meses del ejercicio presupuestario siguiente.
Sin embargo, la incidencia de las intensas precipitaciones acaecidas durante los primeros meses de 2018 en amplias zonas del ámbito territorial de Andalucía, Extremadura y en las zonas rurales deprimidas, ha dificultado fuertemente la realización de las obras por las corporaciones locales y ha obligado a retrasar o paralizar en gran parte la ejecución de las obras programadas o de los servicios aprobados, debido a lo cual mediante la Orden ESS/595/2018, de 25 de mayo, amplió, con carácter extraordinario tres meses, hasta el 30 de septiembre de 2018 inclusive, el plazo de finalización de las obras y servicios de interés general y social, iniciados en el ejercicio 2017, en el marco del programa de fomento de empleo agrario en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas.
No obstante lo anterior, una vez aprobada la mencionada Orden ESS/595/2018, de 25 de mayo, se ha podido constatar que, la entrada en vigor de la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, ha ocasionado un retraso notable en la tramitación de los expedientes de contratación necesarios en muchos proyectos para poder iniciar los mismos, especialmente en el caso de obras.
Por todo ello, con carácter extraordinario, se amplía de nuevo, en tres meses, hasta el 31 de diciembre de 2018 inclusive, el plazo establecido e la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 26 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de la colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, ampliado inicialmente hasta el 30 de septiembre de 2018 inclusive, por la Orden ESS/595/2018, de 25 de mayo, para la finalización de las obras y servicios a realizar por las corporaciones locales y entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local e iniciadas en el ejercicio 2017, al amparo de las resoluciones dictadas por el Servicio Público de Empleo Estatal en aplicación de dicha Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 26 de octubre de 1998, en el marco de lo previsto en el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al programa de fomento de empleo agrario, de créditos para inversiones de las Administraciones públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas.
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