Cita Previa Sede electrónica

Subvenciones para el mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo

  • 29 de julio de 2019

El Boletín Oficial del Estado del 27 de julio publica una Orden TMS/805/2019, de 23 de julio, por la que se incrementan, con carácter extraordinario, las subvenciones destinadas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo, establecidas en la Orden de 16 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y trabajo autónomo.

Las ayudas establecidas para estos Centros se destinan tanto a la creación como al mantenimiento de los puestos de trabajo.

Las subvenciones van destindadas a los siguientes grupos de personas.

  • Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastornos del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
  • Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100

Las Comunidades Autónomas tienen asumidas las competencias de gestión de las subvenciones destinadas a financiar los Centros Especiales de Empleo. Para ello, todas, salvo Navarra y el País Vasco, que se financian a través del mecanismo de cupo, reciben fondos cada año del Servicio Público de Empleo Estatal, según los criterios de distribución acordados en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

En este enlace puedes leer el texto íntegro de esta disposición legal.