Centro de Referencia Nacional de Construcciones Metálicas y Fundición del Principado de Asturias
- 26 de febrero de 2021
Convenio SEPE, Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para la calificación del Centro de Referencia Nacional en las áreas profesionales de Construcciones Metálicas y Fundición de la familia profesional Fabricación Mecánica en el ámbito de la formación profesional.
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre las partes firmantes a fin de calificar al Centro Nacional de Formación Profesional para el Empleo de Construcciones Metálicas de Oviedo como Centro de Referencia Nacional en las áreas profesionales de Construcciones Metálicas y Fundición, de la familia profesional de Fabricación Mecánica en el ámbito de la formación profesional en adelante, de forma abreviada, Centro de Referencia Nacional de Construcciones metálicas y fundición, para la innovación y experimentación en materia de formación profesional y la coordinación de las facultades y actuaciones que competen a la Administración General del Estado y a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
Plan de Actuación plurianual y Plan de Trabajo anual
Se acordará un Plan de actuación plurianual para el Centro, con la misma duración del Plan de Actuación plurianual de carácter estatal, a partir de la propuesta del Consejo Social del Centro, que será reflejado en un convenio entre la Administración General del Estado y la Administración autonómica. Tras su elaboración por la dirección del Centro, el Consejo Social del mismo acordará elevar la propuesta de plan de actuación plurianual del Centro que remitirá a las partes firmantes de este convenio. Anualmente, y en el seno de la Comisión de Coordinación y Seguimiento del convenio, prevista en la cláusula duodécima, se aprobará un Plan de Trabajo anual en el que se concretarán las actuaciones a realizar y la aportación económica de la Administración General del Estado, que será financiado por una resolución a través de subvenciones de concesión directa.
Red de Centros de Referencia Nacional
En cumplimiento del artículo 5 del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, la red de Centros de Referencia Nacional será única y coordinada por la Administración General del Estado, con la colaboración de las Comunidades Autónomas y las Organizaciones Empresariales y Sindicales más representativas, y se articulará a través del Consejo General de Formación Profesional.
Sigue este enlace para acceder al texto íntegro del convenio
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