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Ayudas para proyectos singulares en movilidad eléctrica

  • 27 de julio de 2021

El Boletín Oficial del Estado del 27 de julio publica una orden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico con las bases del Programa de Incentivos a proyectos singulares de movilidad eléctrica (Programa Moves Proyectos Singulares II).

Podrán ser objeto de ayuda, los proyectos relacionados con la utilización del vehículo eléctrico y de pila de combustible incluidos en el anexo I, de manera que se consiga una reducción del consumo de energía final y como consecuencia de ello una menor dependencia energética del petróleo y la disminución de las emisiones de CO2.

Podrán ser beneficiarios del programa de incentivos previsto por las bases reguladoras establecidas por esta orden:

  • Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa).
  • Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad
  • jurídica propia.
  • Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia.
  • El sector publico institucional.

Las solicitudes para la participación en el programa de incentivos y su documentación podrán presentarse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado.

En este enlace puedes consultar el texto íntegro de esta disposición legal.