Acreditación de competencias profesionales en Baleares
- 29 de marzo de 2021
Resolución de 3 de marzo de 2021, de la Consejería de Educación y Formación Profesional, por la que se publica la convocatoria del procedimiento para acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 22 de febrero de 2021, publicada en el "Boletín Oficial de las Illes Balears" BOIB núm. 27, de 25 de febrero de 2021, aprueba convocar las cualificaciones profesionales siguientes:
- Actividades de venta.
- Actividades de gestión del pequeño comercio.
- Atención al cliente, consumidor o usuario.
- Implantación y animación de espacios comerciales.
- Operaciones de manutención de cargas con grúa-torre.
- Operaciones de manutención de cargas con grúa móvil autopropulsada categoría A. Operaciones básicas de cocina.
- Operaciones básicas de restaurante y bar.
- Operaciones básicas de pastelería.
- Cocina.
- Repostería.
- Alojamiento rural.
- Servicios de restaurante, bar y cafetería.
- Recepción.
- Venta de servicios y productos turísticos.
- Animación turística.
- Creación y gestión de viajes combinados y eventos.
- Dirección y producción en cocina.
- Gestión de pisos y limpieza en alojamientos.
- Guía de turistas y visitantes.
- Promoción turística local e información al visitante.
- Sumillería.
- Dirección y producción en pastelería.
- Gestión de procesos en servicios de restauración.
- Atención sociosanitària a persones en el domicilio.
- Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.
- Gestión de llamadas de teleasistencia.
Inscripción al procedimiento
Las personas interesadas en participar en este procedimiento deben cumplimentar la solicitud de inscripción telemática mediante el formulario establecido a tal efecto que se encuentra disponible en la página web del Instituto de las Cualificaciones Profesionales de las Islas Baleares http://iqpib.caib.es. La tramitación telemática solo se completa cuando se envía la solicitud.
Admisión al procedimiento
Las solicitudes de inscripción al procedimiento deben ser revisadas por la Comisión Permanente.
Todas las personas interesadas que cumplan los requisitos podrán participar en el procedimiento.
La Comisión Permanente comunicará a las personas interesadas si cumplen o no los requisitos para participar en el procedimiento.
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