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Procedimiento permanente para la evaluación y acreditación de competencias profesionales en las Ciudades de Ceuta y Melilla

  • 28 de septiembre de 2021
  • Adquisición de Competencias Profesionales

Orden EFP/1010/2021, de 20 de septiembre, por la que se establece el procedimiento permanente para la evaluación y acreditación de competencias profesionales, adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación, en las Ciudades de Ceuta y Melilla, y se formalizan las bases para su desarrollo.

Esta orden tiene por objeto dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, y por la misma se procede a abrir de forma permanente el procedimiento abierto para la evaluación y acreditación de competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación en las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla.

Este procedimiento estará referido a todas las unidades de competencia vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en la oferta de Formación Profesional del sistema educativo y de Formación Profesional para el empleo, existentes en cada una de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, quedando restringido este procedimiento en cada Ciudad Autónoma a las unidades de competencia incluidas en su oferta propia.

Requisitos de participación

Las personas interesadas deberán cumplir, a la fecha de presentación de la solicitud, los siguientes requisitos previstos en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio:

a) Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana comunitaria (de la Unión Europea), o ser titular de una autorización en vigor de residencia o de residencia y trabajo en España, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.

b) Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se solicite acreditar unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I y 20 años cuando las unidades de competencia para las que se solicita acreditación correspondan a los niveles II y III, de acuerdo a los niveles con los que quedan registradas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

 c) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar, en las siguientes condiciones:

  • En el caso de experiencia laboral. Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
  • En el caso de formación. Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.

d) En los casos en que las unidades de competencia profesional que se van a valorar cuenten, por su naturaleza, con requisitos adicionales, poseer documento justificativo de cumplir con dichos requisitos.

 e) No estar matriculado, en el momento de realizar la solicitud, en un ciclo formativo o certificado de profesionalidad que contenga la formación asociada a todas las unidades de competencia que se pretende acreditar.

f) No tener acreditadas todas las unidades de competencia de la cualificación que solicita, o superados todos los módulos formativos o profesionales asociados a dichas unidades de competencia.

Solicitud de inscripción en el procedimiento y lugar de presentación

Las personas interesadas en la acreditación de competencias profesionales, adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación, deberán presentar su solicitud, preferentemente, a través de medios informáticos, desde el acceso disponible en el portal web TODOFP. La solicitud irá dirigida al Director Provincial de la ciudad autónoma correspondiente

No podrán presentarse solicitudes para acreditar una misma unidad de competencia en ambas ciudades autónomas. Su presentación determinará la exclusión del procedimiento, sin perjuicio de las garantías necesarias de comprobación y verificación a que hubiere lugar.