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Programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo

  • 29 de septiembre de 2021
  • Política de Empleo - Sistema Nacional de Empleo

Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo

Este Real Decreto regula los programas comunes de empleo que constituye el marco sobre el que se desarrollan las Políticas Activas de Empleo (PAE) en todo el territorio del Estado a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y de las comunidades autónomas, según su ámbito de competencias.

Cuenta con las aportaciones y observaciones del Sistema Nacional de Empleo y de las comunidades autónomas, en línea con la Estrategia de Apoyo Activo al Empleo 2021 - 2024, unánimemente apoyada en la Conferencia Sectorial del pasado día 28 de abril, y de las entidades del ámbito tanto de atención a la discapacidad como de la Economía Social.

Este Real Decreto forma parte de las reformas previstas para impulsar las políticas activas de empleo en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», en la Reforma 5 «Modernización de políticas activas de empleo».

Asimismo, ofrece la cobertura normativa para la puesta en marcha de las convocatorias previstas en la Inversión 3 «Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva» del referido Componente 23, mediante acciones formativas que incluyan compromisos de contratación para personas trabajadoras desempleadas para apoyar la cobertura de vacantes en sectores estratégicos de interés nacional.

Objetivos

El objeto de este real decreto es determinar los aspectos esenciales de los programas comunes de activación para el empleo que podrán ser aplicados y, en su caso, desarrollados en sus aspectos no esenciales por todos los integrantes del Sistema Nacional de Empleo.

Asimismo, este real decreto tiene por objeto establecer las cuantías de referencia de las subvenciones dirigidas a financiar los programas que utilicen esta forma de gestión y a regular la gestión y coordinación de los programas comunes de activación para el empleo en el marco del Sistema Nacional de Empleo, su evaluación y seguimiento, así como incorporar un marco dirigido a favorecer la inclusión laboral de las personas con discapacidad.

Definición y ámbito de aplicación de los programas comunes de políticas activas de empleo.

Los programas comunes de políticas activas de empleo se configuran como un conjunto de medidas dirigidas a mejorar las posibilidades de acceso al empleo, por cuenta ajena o propia, de las personas desempleadas, al mantenimiento del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas y al fomento del espíritu empresarial y de la economía social, desarrolladas y ejecutadas por los servicios públicos de empleo como acciones concretas y puntuales de activación o reactivación para el empleo respecto de personas y colectivos prioritarios, de acuerdo con las circunstancias del mercado de trabajo y las disponibilidades presupuestarias para su realización y serán de aplicación en todo el territorio estatal.

Los servicios públicos de empleo, autonómicos o estatal, podrán ejercer sus respectivas competencias en políticas activas de empleo bien a través de programas comunes o bien a través de programas propios, pudiendo financiarse ambos con fondos europeos, estatales o propios de las comunidades autónomas.

Personas destinatarias finales de los programas comunes

Serán personas destinatarias finales de los programas regulados en este real decreto, y siempre que cumplan con los requisitos específicos establecidos para cada uno de ellos, las personas desempleadas, entendiéndose como tales, a los efectos de esta disposición, las personas demandantes de empleo y servicios en situación laboral de no ocupadas registradas en los servicios públicos de empleo, con independencia de su nacionalidad, origen étnico, sexo, edad, religión o creencias, ideología, enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

 Asimismo, podrán serlo las personas ocupadas registradas como demandantes de empleo y servicios en los servicios públicos de empleo para contribuir a la mejora de la calidad y el mantenimiento de su empleo, y las personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, independientemente de las condiciones o circunstancias mencionadas en el párrafo anterior.

Programas comunes de políticas activas de empleo

Los programas comunes existentes incorporan un nuevo enfoque y se aportan otros nuevos en un proceso de renovación, integración y actualización de programas dentro del marco presupuestario existente.

En total, se regulan 17 programas de los cuales siete son programas nuevos y han sido diseñados con las aportaciones de los distintos servicios públicos de empleo que, por su cercanía, cuentan con una experiencia de gestión muy avanzada y con el conocimiento de la realidad y las necesidades de cada territorio.

Estos nuevos Programas refuerzan la apuesta por el mantenimiento y la creación del empleo de calidad con una orientación individualizada con una especial atención a los colectivos vulnerables e impulso de la igualdad, también en materia de acceso a las oportunidades de empleo. Estos programas, además, suponen un compromiso con la Economía Social como instrumento fundamental de desarrollo social e inclusivo y con la dimensión local de las políticas de empleo:

  1. Programa para evitar la discriminación por razón de edad: En este programa se contemplan acciones que faciliten la reactivación e inserción laboral de personas demandantes de empleo y servicios que sean mayores de 45 años, preferentemente desempleadas de larga duración. De esta manera, su participación prioritaria en diversos programas de políticas activas de empleo y tendrán acceso preferente a las subvenciones públicas que incentiven su contratación y el emprendimiento de una actividad por cuenta propia.
  2. Programas públicos de empleo-formación: Se trata de iniciativas públicas mixtas de empleo-formación que permitirán compatibilizar el aprendizaje formal y la práctica profesional en el puesto de trabajo. Su duración será de hasta 12 meses que podrá ser superior si se atienden a personas especialmente vulnerables o incluyen un servicio de orientación.
  3. Programa de inclusión laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social: con itinerarios personalizados de inserción en colaboración con empresas de inserción y sus entidades promotoras, entidades sin ánimo de lucro y empresas que los contraten.
  4. Programa de apoyo a la movilidad geográfica: Mediante este programa se subvencionarán los gastos de desplazamiento y se incentivará la contratación para el retorno del talento. También permitirá el traslado de las personas víctimas de violencia de género y, con carácter general, a quienes decidan trabajar o emprender en zonas rurales despobladas o en riesgo de despoblación.
  5. Programa para la igualdad entre hombres y mujeres: para promover medias que fomenten la igualdad y el acceso y mantenimiento del empleo, las condiciones laborales y la conciliación y corresponsabilidad en la vida personal, familiar y laboral. Permitirá implantar los planes de igualdad en empresas, incorporar una participación de mujeres en programas de orientación o mejora de empleabilidad, ayudar a la conciliación e incentivar la contratación indefinida entre otras cuestiones.
  6. Programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género: Se podrá incrementar hasta un 10% las subvenciones previstas en otros programas comunes en los que pueden participar. También recibirán orientación e información especializada en materia laboral, y se proporcionará formación específica al personal que realice dichas funciones.
  7. Programas de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo: Su objetivo será el desarrollo por los servicios públicos de empleo de funciones en los ámbitos de la orientación, la prospección e intermediación laboral y el emprendimiento.

Evaluación

En el marco del Sistema Nacional de Empleo se establecerán objetivos concretos y coordinados a través de la Estrategia Española de Activación para el Empleo y los Planes Anuales de Política de Empleo que permitan evaluar los resultados y eficacia de las políticas de empleo y definir indicadores comparables de los programas comunes contemplados en este real decreto. la mencionada evaluación se realizará cada año en el marco del correspondiente Plan Anual de Política de Empleo.

El desarrollo y resultados de los programas contemplados en este real decreto se evaluarán a la finalización de la Estrategia Española de Activación para el Empleo en que los Planes Anuales de Política de Empleo se establezcan. En todo caso, se llevarán a cabo las evaluaciones establecidas en la normativa comunitaria o que se insten por las Instituciones Comunitarias. Corresponderá al Servicio Público de Empleo Estatal la coordinación de las citadas evaluaciones en el seno del Sistema Nacional de Empleo.