EL SEPE destina 80 millones de euros al plan “DANA Ocupación” a través del componente 32 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
- 21 de noviembre de 2025
- SEPE - PRTR
Se ha publicado la Orden TES/1302/2025, de 14 de noviembre de convocatorias de subvenciones para el “Plan DANA Ocupación” que correrán a cargo del presupuesto del SEPE. En total, se destinarán 80.600.000,00 euros a la financiación del Programa.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible deberán presentarse a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal.
El «Plan DANA Ocupación» regulado en esta orden está dirigido a promover la contratación de personas trabajadoras en los territorios afectados por la DANA, con un doble objetivo:
- Dar una oportunidad de empleo a personas trabajadoras que han sufrido especialmente las consecuencias derivadas de la DANA
- que las personas contratadas puedan ayudar con su trabajo a la reconstrucción y rehabilitación de las zonas dañadas, así como a la recuperación y dinamización socio-económica de los municipios afectados.
Se encuadra en la tercera inversión «Oportunidades de empleo de personas trabajadoras para la reconstrucción y dinamización socio-económica de los territorios afectados por la DANA», que lidera el Ministerio de Trabajo y Economía Social y gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal dentro del nuevo Componente 32, «Apoyo a la recuperación y la resiliencia en respuesta a los desastres naturales», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El ámbito territorial de aplicación de esta orden se extiende a los municipios de las tres comunidades autónomas que han sufrido los daños causados por la DANA, y que están relacionados en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre.
En cuanto a su ámbito temporal, se podrán subvencionar los contratos que se celebren a partir de la fecha de resolución de concesión de las subvenciones y finalicen como máximo el 30 de junio de 2026.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible deberán presentarse a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal.
La preselección o selección de las personas destinatarias se realizará conforme a los procedimientos establecidos para la gestión de ofertas en el marco de la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Empleo y se utilizarán como criterios preferentes los siguientes:
- Para los puestos ofertados que requieran de alguna cualificación, se favorecerá la primera experiencia profesional y, en igualdad de condiciones, se tendrá en cuenta la antigüedad en la inscripción de la demanda.
- Para los puestos que no requieran cualificación alguna se dará preferencia a los jóvenes menores de 30 años con baja cualificación y a las personas mayores de 52 años; en igualdad de condiciones, se tendrá en cuenta la situación en el desempleo y la antigüedad en la inscripción de la demanda.
Alternativamente, la citada preselección podrá realizarse mediante oferta publicada en el Portal Único de Empleo «Empléate» que permita la inscripción por las propias personas trabajadoras interesadas de cualquier comunidad autónoma.
Las solicitudes de subvención se presentarán mediante un formulario electrónico, al que se accederá desde la sede electrónica del SEPE, en el plazo de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación de esta orden en el Boletín Oficial del Estado.
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