Cita Prèvia Seu electrónica

Traducción automática

El presente sitio Web está traducido a varias lenguas españolas oficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Constitución Española de 1978 y sus Estatutos de Autonomía.

Las lenguas son el catalán, el euskera, gallego, valenciano, inglés y francés. Se advierte que, con carácter general, puede existir un desfase entre la versión en castellano y en las otras lenguas, derivado del proceso de traducción a las mismas.

¿La empresa debe enviar el certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal si la persona trabajadora causa baja voluntaria?

Sí, con independencia de que formule o no solicitud de prestación por desempleo y de que ésta sea, en su caso, denegada por no estar en situación legal de desempleo.

Aunque la persona trabajadora cause baja voluntaria, la empresa debe enviar el certificado de empresa, con independencia de que presente o no solicitud de prestación por desempleo y de que esta sea, en su caso, denegada por no estar en situación legal de desempleo.

Más información sobre el envío de certificado de empresa en: “Certificado de empresa".