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¿Cómo es mi cotización cobrando el paro?

Mientras estés percibiendo la prestación por desempleo, el ingreso de las cotizaciones a la Seguridad Social lo realiza el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Éste asume la aportación empresarial y te descontará del importe de su prestación el 100 % de la cuota que te corresponda.

Si has accedido a la prestación por la extinción de su contrato de trabajo, cotizarás a la Seguridad Social por las contingencias comunes de: jubilación, invalidez permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, protección a la familia y asistencia sanitaria. No cotizarás por desempleo, accidente de trabajo y enfermedad profesional, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional.

La base de cotización a la Seguridad Social de la prestación por desempleo será la misma que la base reguladora de esta, independientemente de los topes que se apliquen a la cuantía mensual de dicha prestación.

Si eres una persona trabajadora por cuenta ajena agraria fija o fija discontinua, el SEPE se hace cargo del 73,50 % de la aportación a la Seguridad Social, siendo el 26,50 por ciento restante a cargo del trabajador y descontándose de la cuantía de la prestación

Si reanudas la prestación tras haberla suspendido u optas por una nueva prestación que se haya podido generar, las bases de cotización son las de la prestación que se reanuda o las de la nueva, respectivamente. Respecto a la cotización, el abono de la aportación empresarial lo efectuará el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su totalidad y la aportación correspondiente al trabajador será íntegra a cargo de éste.