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Para acceder al subsidio por desempleo, ¿se tiene en cuenta el hijo o la hija de mi pareja, no habiendo convivencia pero sí obligación de alimentos?

El hijo o la hija privativo de tu cónyuge o pareja que no convive con vosotros, no se considera que está a tu cargo, aunque su progenitor/a esté obligado/a a prestarle alimentos.

Más información sobre las responsabilidades familiares en relación a las prestaciones por desempleo en: “Responsabilidades familiares".