Rendez-vous pruèalable Siège électronique

Traducción automática

El presente sitio Web está traducido a varias lenguas españolas oficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Constitución Española de 1978 y sus Estatutos de Autonomía.

Las lenguas son el catalán, el euskera, gallego, valenciano, inglés y francés. Se advierte que, con carácter general, puede existir un desfase entre la versión en castellano y en las otras lenguas, derivado del proceso de traducción a las mismas.

Tengo 54 años, hace casi un año terminé el subsidio por agotamiento del paro y desde entonces no he trabajado ¿Tengo derecho al subsidio para mayores de 52 años?

Si tienes 54 años y hace casi un año que terminaste de cobrar el subsidio de desempleo por haber agotado la prestación contributiva y desde entonces no has trabajado, puedes tener derecho al subsidio para personas trabajadoras mayores de 52 años, si cumples los requisitos de cotización exigidos para ello y tus rentas mensuales no superan el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, siempre que desde que accediste al subsidio anterior hayas mantenido la inscripción como demandante de empleo de manera ininterrumpida, o con interrupciones inferiores a 90 días naturales o que se deban dichas interrupciones a la realización de algún trabajo.