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¿Cómo comunicar un acuerdo de trabajo a distancia?

La comunicación del Acuerdo de Trabajo a Distancia (ATD) se encuentra en Comunicación de la contratación, pudiéndose comunicar también por ficheros XML y SW.

Desde el 17 de noviembre de 2020 se pueden comunicar los Acuerdos de Trabajo a Distancia por Contrat@ con fecha de inicio 13-10-2020 o posterior, pudiéndose hacer esta comunicación:

  • Con identificador del contrato.
  • Sin identificador del contrato.

Si comunicas los ATD sin identificador, en la fecha de inicio del contrato para el que se comunica el ATD pon una diferente a la que sea real para evitar tener que hacer más tareas que la de la comunicación del acuerdo.

Los contratos nuevos se comunican como cualquier otro, 100, 401...y, si llevan el Acuerdo de Trabajo a Distancia, este se comunica por la tarea de Acuerdo de Trabajo a Distancia habilitada en Comunicación de la contratación, ficheros XML o SW.

Cabe citar que la modificación de las condiciones establecidas en el acuerdo de trabajo a distancia, incluido el porcentaje de presencialidad, deberá ser objeto de acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora, formalizándose por escrito con carácter previo a su aplicación. Esta modificación será puesta en conocimiento de la representación legal de las personas trabajadoras, no teniendo que comunicar ese escrito.

En el porcentaje de trabajo a distancia tienes que poner lo que representa el trabajo a distancia respecto al presencial, pudiendo estar este porcentaje entre el 30% y el 100%.

En los municipios, debes poner o buscar el código municipal en el que el trabajador prestaría servicios de forma presencial y aquel en el que los prestaría a distancia, pudiendo ser dos municipios de distintas provincias sin problemas.

En los días de preaviso para la reversibilidad, habrá que indicar los que se hayan pactado.

Como el Acuerdo puede ser indefinido o temporal, en ese último punto, tienes que escribir el acuerdo al que hayan llegado las dos partes.

El Acuerdo de Trabajo a Distancia se puede comunicar también sin identificador de contrato tanto por Comunicación de la contratación como por ficheros XML y por SW.

En esta nueva tarea se tendrán que cumplimentar los siguientes datos:

  • CIF/NIF/NIE de la empresa.
  • Cuenta de cotización.
  • NIF/NIE de la persona trabajadora.
  • Fecha de inicio del contrato al que se le comunica el ATD.

Una vez comunicados estos datos, la aplicación busca si hay algún identificador de contrato que se pueda asociar a ellos. Si lo hay, se entra directamente en la comunicación del acuerdo y, si no lo hay, devuelve el mensaje:

  • No se ha encontrado un identificador de contrato para los datos especificados.
  • ¿Desea comunicar igualmente el ATD? 
  • ACEPTAR VOLVER.
  • Si se acepta y, una vez validados los datos del trabajador, se entra directamente en la comunicación del acuerdo.

El identificador de estos ATD estará compuesto por:

  • A - Provincia de la cuenta de cotización que se haya comunicado- Año de comunicación- Número secuencial de seis posiciones. (A-52-2xx1-000001 por ejemplo).