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¿Tengo la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ante la Administración Tributaria correspondiente?

Si estás cobrando la prestación contributiva o la solicitas, tendrás la obligación de presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ante la Administración Tributaria correspondiente.

Si estás cobrando un subsidio por desempleo aprobado de acuerdo a las normas anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 2/2024, de 21 de mayo (1 de noviembre de 2024), para continuar percibiendo el subsidio por desempleo no tendrás obligación de presentar la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Si estás percibiendo un subsidio por desempleo a partir del 1 de noviembre de 2024 aprobado de acuerdo al Real Decreto Ley 2/2024, de 21 de mayo, tendrás la obligación de presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ante la Administración Tributaria correspondiente.