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¿Tendré derecho al paro si retorno de un país no perteneciente a la Unión Europea ni al Espacio Económico Europeo y distinto de Suiza?

Cuando retornes a España, puedes solicitar y tener derecho a la prestación por desempleo si reúnes cotizaciones suficientes anteriores a tu salida. Se tendrán en cuenta las cotizaciones de los seis años anteriores a dicha salida.

Si no cuentas con cotizaciones suficientes anteriores a tu salida de España, o teniéndolas encuentras trabajo al retornar y no solicitas la prestación por desempleo, si posteriormente tuvieras que acreditar una nueva situación legal de desempleo para acceder a prestaciones, se te tendrán en cuenta las cotizaciones de los seis años anteriores a tu estancia en el extranjero, pero no el periodo de permanencia fuera de España.

Si no tienes cotizaciones suficientes anteriores a tu salida de España, tras tu retorno podrás acceder, si cumples todos los requisitos para ello, al subsidio de persona emigrante retornada o a la renta activa de inserción.

Más información en: “Soy emigrante retornado”.