A favor de la igualdad: paridad y presencia equilibrada de mujeres y hombres
- 28 de agosto de 2024
- PRTR - Igualdad de Genero

Un aspecto central del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es eliminar las brechas de género a través de políticas públicas que posibiliten un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo: la igualdad de oportunidades de acceso al mercado de trabajo implica garantizar la representación efectiva de las mujeres en los ámbitos de decisión de admisnitraciones y empresas.
Los techos de cristal, una barrera invisible que impide el ascenso femenino a las estructuras de decisión de las organizaciones y empresas son un ejemplo de cómo se generan estas brechas de género: hay consenso en que las barreras que afrontan las mujeres responden a factores múltiples como la cultura empresarial con modelos de trabajo poco flexibles, la falta de corresponsabilidad, los liderazgos anticuados o la falta de diversidad en los órganos de dirección de las entidades.
Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres
La nueva Ley transpone normativa europea y busca garantizar la presencia o composición equilibrada, estableciendo que las personas de cada sexo no superarán el sesenta por ciento (60 %) - aunque en el caso de las mujeres y justificadamente se podrá superar este umbral-, ni serán menos del cuarenta por ciento (40 %) en un ámbito determinado.
Ámbitos afectados por la nueva Ley
Recogemos algunos de los ejemplos donde aplica la nueva Ley:
- Al Consejo de Ministros, como órgano colegiado del Gobierno donde, no se había adoptado antes ninguna disposición sobre esta presencia de mujeres, ni en la propia Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, ni en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo.
- A los Consejos de órganos constitucionales y de relevancia constitucional, como el Tribunal Constitucional, el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial.
- A la Administración General del Estado, a los órganos superiores y directivos, por ejemplo, las secretarías de Estado, las subsecretarías y las direcciones generales de cada ministerio, que deberán incorporar también este principio en los próximos cinco años.
- A los consejos de administración de las sociedades cotizadas que tengan más de 250 trabajadores o una cifra de negocios de más de 50 millones de euros o un activo superior a 43 millones deberán tener una composición acorde con el principio de paridad: el número de mujeres no podrá ser inferior al 40% del total de los miembros del consejo.
- La normativa afecta a los sindicatos, las patronales, las fundaciones, las entidades del tercer sector y de economía social y los colegios profesionales.
Noticias relacionadas
-
Cursos gratuitos incluidos en el Programa Capacitación digital en el ámbito rural de personas trabajadoras
La finalidad de esta oferta formativa es avanzar en la transformación digital de la población rural, mejorando las capacidades y competencias para adaptarse a la nueva era digital.
9 de julio de 2025PRTR -
El SEPE acoge la II Jornada de empleo juvenil organizada por la Federación Maranatha
El director general del SEPE, Gerardo Gutiérrez Ardoy, han asistido a esta II Jornada de Empleo Juvenil realizada en Madrid en los Servicios Centrales del SEPE.
26 de mayo de 2025PRTR -
Capacitación digital en el ámbito rural de personas trabajadoras contratadas en el marco del Plan de Fomento del Empleo Agrario (PROFEA)
El Plan forma parte de la inversión 3 "Competencias Digitales para el Empleo" del Componente 23 "Plan Nacional de Capacidades Digitales (digital skills).
24 de marzo de 2025PRTR