Egoitza elektronikoa

Traducción automática

El presente sitio Web está traducido a varias lenguas españolas oficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Constitución Española de 1978 y sus Estatutos de Autonomía.

Las lenguas son el catalán, el euskera, gallego, valenciano, inglés y francés. Se advierte que, con carácter general, puede existir un desfase entre la versión en castellano y en las otras lenguas, derivado del proceso de traducción a las mismas.

Ezin dut bat itzultzeari, nahiz eta, zer gertatuko da? langabezia bidegabe kobratzeari

Me han reclamado dinero
por cobrar un paro que no debía cobrar
y ahora no puedo devolverlo, ¿qué hago?

Si no puedes devolver el dinero
antes de que pasen 30 días
desde que te informaron sobre ello,
puedes:

  • Pedir retrasar el pago o pagarlo poco a poco,
    aunque te cobrarán una cantidad de dinero más
    por retrasarte y no pagar en el tiempo que debes.

    Para pedir que acepten el retraso del pago
    o la posibilidad de pagarlo poco a poco,
    rellena y entrega el documento llamado:
    “Solicitud de aplazamiento o fraccionamiento del pago
    de prestaciones indebidamente percibidas”
    que puedes descargarte si pinchas aquí.

  • Si recibes otra ayuda por desempleo,
    pueden descontarte de la ayuda
    el dinero necesario para pagar tu deuda,
    y da igual si tenías aprobado el retraso del pago
    o la posibilidad de pagarlo poco a poco.

    Para pedir que compensen tu deuda
    con dinero de la nueva ayuda para el desempleo que recibes,
    rellena y entrega el documento llamado:
    “Solicitud de compensación parcial de la deuda
    por prestaciones por desempleo indebidamente percibidas
    con un nuevo reconocimiento”
    que puedes descargarte si pinchas aquí.

Pero si pasan los 30 días, y:

  • No devuelves el dinero que te reclaman,
    siempre que no hayan iniciado la compensación de esa deuda
    con alguna nueva ayuda que se te ha concedido.
  • Ni entregas la solicitud para la compensación de la deuda,
    o para tener la posibilidad de retrasar el pago
    o pagarlo poco a poco,

te enviarán una certificación de descubierto,
es decir, el documento
con el que comienza la vía de apremio.

La vía de apremio es un procedimiento judicial
a través del cual,
la administración puede embargar tus bienes,
para obligarte a pagar tu deuda.
Además, si comienza la vía de apremio,
deberás pagar 20 euros más
por cada 100 euros que tengas de deuda.

Y si devuelves el dinero después de esos 30 días,
o pides una vez que pase ese tiempo,
la solicitud para la compensación de la deuda,
o para tener la posibilidad de retrasar el pago
o pagarlo poco a poco,
entonces tendrás que pagar la deuda
y la cantidad de dinero de más,
que exijan las normas por retrasarte.

info icon

Para hacer tu trámite online pincha aquí.

icon office

Para pedir cita previa
para la oficina de empleo pincha aquí.