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Capitalización de la prestación para el inicio de la actividad
En esta sección encontrarás respuesta a las preguntas más frecuentes respecto a la capitalización de la prestación para el inicio de la actividad
- ¿Cuánto puedo cobrar como subvención de cuotas a la Seguridad Social y qué documentos debo aportar?
- Cobro el paro y quiero montar un negocio, ¿qué gastos puedo alegar como inversión necesaria para capitalizar la prestación?
- ¿Hay que justificar la inversión del dinero del pago único? ¿Tengo que devolverlo si no la justifico?
- Si percibo el pago único y me va mal en la nueva actividad que emprendo, ¿podría volver a cobrar el paro y se me descontaría lo ya percibido?
- Si capitalizo mi prestación por desempleo, ¿a qué ayudas y subvenciones complementarias podré acceder?
- Después de haber cobrado el pago único ¿puedo simultanear la actividad financiada con éste con un trabajo por cuenta propia o ajena?
- ¿Cómo hago la memoria que necesito para solicitar el pago único y quién me la puede hacer?
- ¿Cuándo me pagarán las cuotas de la Seguridad Social?
- He finalizado un contrato laboral en una cooperativa, ¿puedo cobrar el paro y el pago único para incorporarme como persona socia a esa misma cooperativa?
- Cobro un subsidio por desempleo, ¿puedo tener alguna ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal para montar un negocio?
- Si la sociedad está calificada antes de pedir el pago único y los estatutos reflejan una fecha de inicio de actividad distinta a la fecha real de alta de las personas trabajadoras, ¿hay algún problema?
- ¿Es compatible la capitalización con el resto de ayudas y subvenciones públicas al autoempleo, creación de empresas, etc.? ¿Y con las bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social?
- ¿Cómo se hace el proyecto de estatutos de la sociedad cooperativa o laboral?