
¿Cobraré paro o subsidio si tengo acciones o participaciones en una sociedad mercantil para la que no realizo actividad alguna?
La percepción de una prestación contributiva es compatible con la titularidad de acciones o participaciones de una sociedad mercantil.
Si está percibiendo el subsidio por desempleo, será compatible si usted sigue sin superar el límite individual de rentas, es decir, que sus ingresos no sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (cuantías para este año), en las que se incluirían los rendimientos derivados de la titularidad de esas acciones o participaciones. Además, deberá seguir justificando las responsabilidades familiares que se tuvieron en cuenta, en su caso, para acceder al subsidio.