Cita Previa Sede electrónica

¿Cobraré el paro al finalizar mi contrato si soy director o directora general de una empresa?

Soy director o directora general de una empresa
¿puedo cobrar el paro cuando finalice mi contrato?

Sí, siempre que tu contrato sea exclusivamente de director o directora general
y cumplas el resto de condiciones para poder cobrar la ayuda.

Si además de trabajar como director o directora general,
has trabajado como consejero, consejera,
administrador o administradora de la empresa,
no podrías cobrar la ayuda por no cotizar a desempleo.
En este caso si dejas de trabajar de forma involuntaria (te despiden)
podrías pedir la ayuda por situación legal de desempleo,
pero se tendrían en cuenta
los días que tenías cotizados en los 6 años anteriores
al inicio de ese contrato.

Puedes pedir tu ayuda por desempleo:

  • A través de Internet con certificado digital,
    DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve.
    Pincha aquí para pedir cita por Internet.
    Pincha aquí para informarte
    sobre la contraseña cl@ve.

  • En tu Oficina de Empleo más cercana,
    para lo que deberás pedir cita previa
    llamando por teléfono al 91 926 79 70
    o a través de la Sede Electrónica.
    Pincha aquí para pedir cita previa
    a través de la Sede Electrónica.

Cotizar:
Pago que hacen a la Seguridad Social
tanto las personas trabajadoras
como las empresas
y que te da derecho a cobrar el paro
o la pensión de jubilación.

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Para hacer tu trámite online pincha aquí.

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Para pedir cita previa
para la oficina de empleo pincha aquí.