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Políticas Activas de Empleo

La política de empleo en España se regula en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, cuyo objetivo es promover y desarrollar la planificación, coordinación y ejecución de la política de empleo y garantizar el ejercicio de los servicios garantizados, y la oferta de una cartera de servicios adecuada a las personas o entidades demandantes de los servicios públicos de empleo, a fin de contribuir a la creación de empleo y reducción del desempleo, mejorar la empleabilidad, reducir las brechas estructurales de género e impulsar la cohesión social y territorial.

Integran la política de empleo, las políticas activas de empleo, con una configuración amplia e integradora, y las políticas de protección frente al desempleo, cuyo diseño y ejecución deberán coordinarse mediante la colaboración de las Administraciones públicas con competencias en la materia y con la participación de los interlocutores sociales.

Conforman las políticas activas de empleo (Título III, de la Ley 3/2023 de Empleo), el conjunto de decisiones, medidas, servicios y programas de orientación, intermediación, empleo, formación en el trabajo y asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento, dirigidos a impulsar la creación de empleo; mejorar la empleabilidad de las personas demandantes de los servicios de empleo y elevar sus posibilidades de acceso a un empleo, por cuenta ajena o por cuenta propia; al pleno desarrollo del derecho al empleo digno, estable y de calidad; a la generación de trabajo decente; así como, a la consecución del objetivo de pleno empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 y 40 de la Constitución y en el marco de la estrategia coordinada para el empleo de la Unión Europea. El ajuste simultáneo entre oferta y demanda de empleo, garantizando a las personas pertenecientes a colectivos prioritarios una atención especializada, se erige, por tanto, en objetivo prioritario de las políticas activas de empleo.

Son instrumentos de planificación y coordinación de la política de empleo:

  • La Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, regulada en el artículo 12 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo y aprobará mediante real decreto, tiene como finalidad determinar cómo debe ser la política de activación del Sistema Nacional de Empleo (en adelante, e indistintamente, Sistema Nacional de Empleo o SNE) de los próximos cuatro años, con el objeto de coordinar las políticas activas de empleo y de intermediación laboral a desplegar de forma conjunta por el Estado.
  • Los Planes Anuales para el Fomento del Empleo Digno, definidos en el artículo 13 de la Ley 3/2023 de Empleo, concretan los objetivos a alcanzar en un año en el conjunto de España y en cada una de las Comunidades Autónomas, orientados por los objetivos de la Estrategia, incluyen servicios y programas comunes o de aplicación para todo el Estado y propios de cada Comunidad Autónoma y del Servicio Público de Empleo Estatal, en sus respectivos ámbitos de competencia, articulados entorno a los seis ejes de actuación de las políticas activas de empleo y financiados mediante fondos estatales, como con recursos económicos propios, así como los indicadores a utilizar para valorar el grado de consecución de dichos objetivos, de forma que el Plan adquiere un carácter vertebrador en la gestión de las políticas de activación.
  • El Sistema Público Integrado de Información de los Servicios de Empleo, artículo 14 de la Ley 3/2023 de Empleo, es el instrumento técnico de coordinación del Sistema Nacional de Empleo, se configura como una red de información común para toda la estructura pública y privada del empleo, organizada en beneficio de las personas demandantes de los servicios de empleo y de las personas, empresas y otras entidades empleadoras usuarias de los mismos.