
Solicité el paro y comencé a trabajar antes de empezar a cobrar ¿Cuánto me van a pagar y cómo queda mi prestación? ¿Tengo que comunicar mi colocación?
Si se colocó antes de percibir el primer recibo, cobrará desde el comienzo de la prestación aprobada hasta el día anterior a su colocación y deberá comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal la colocación. Podrá hacerlo:
- A través de Internet, en www.sepe.es (si dispone de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve).
- Llamando al teléfono de atención a la ciudadanía.
- En la oficina de empleo de su domicilio previa petición de cita en la web citada o por teléfono.
La prestación o el subsidio por desempleo quedan suspendidos si la colocación es por cuenta ajena y de duración inferior a doce meses, o por cuenta propia de duración inferior a 24 meses, siendo indiferente que se haya dado de alta como persona trabajadora por cuenta propia encuadrada dentro de alguno de los regímenes de la Seguridad Social, o superior a 24 meses e inferior a 60 meses y haya causado alta inicial en el Régimen Especial de Autónomos o de Trabajadores del Mar.
Cuando finalice la colocación podrá solicitar la reanudación de la prestación suspendida o una nueva si tuviera derecho a ella.