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Solicité el paro y comencé a trabajar antes de empezar a cobrar ¿Cuánto me van a pagar y cómo queda mi prestación? ¿Tengo que comunicar mi colocación?

Si se colocó antes de percibir el primer recibo, cobrará desde el comienzo de la prestación aprobada hasta el día anterior a su colocación y deberá comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal la colocación. Podrá hacerlo:

La prestación o el subsidio por desempleo quedan suspendidos si la colocación es por cuenta ajena y de duración inferior a doce meses, o por cuenta propia de duración inferior a 24 meses, siendo indiferente que se haya dado de alta como persona trabajadora por cuenta propia encuadrada dentro de alguno de los regímenes de la Seguridad Social, o superior a 24 meses e inferior a 60 meses y haya causado alta inicial en el Régimen Especial de Autónomos o de Trabajadores del Mar.

Cuando finalice la colocación podrá solicitar la reanudación de la prestación suspendida o una nueva si tuviera derecho a ella.