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He trabajado 420 días y cobrado 4 meses de paro, como si hubiese trabajado 360. Se pueden guardar para otra prestación los días que sobran.

He trabajado 420 días
y cobrado 4 meses de paro,
¿Se pueden guardar para otra prestación
los días que sobran?

En ese caso, no te sobraría ningún día de paro,
ya que, si has trabajado 420 días,
lo que te corresponden son 4 meses de paro.
Los días de paro se calculan
por bloques de días trabajados, es decir:

  • Si trabajas y cotizas entre 360 y 539 días
    tendrás derecho a 120 días de paro.

  • Si trabajas y cotizas entre 540 y 719 días
    tendrás derecho a 180 días de paro.

  • Si trabajas y cotizas entre 720 y 899 días
    tendrás derecho a 240 días de paro.

  • ...

En tu caso, al demostrar que has trabajado y cotizado
un total de 420 días estarías en el primer bloque,
por lo que te corresponden 120 días de paro.
Pero hubieras tenido derecho a los mismos días de paro
trabajando y cotizando 360 días o 539,
que es el máximo de días de ese bloque.

Si una persona empieza a trabajar de nuevo
y aún podría seguir cobrando el paro
durante más días,
esos días no se pueden juntar con los nuevos
que genere con ese nuevo trabajo.
Tendría los días que le corresponden de paro
divididos en dos partes o bloques
y tendría que elegir el que más le interese
el que más días tenga.

Cotizar:
Pago que hacen a la Seguridad Social
tanto las personas trabajadoras
como las empresas
y que te da derecho a cobrar el paro
o la pensión de jubilación.

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