Traducción automática
El presente sitio Web está traducido a varias lenguas españolas oficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Constitución Española de 1978 y sus Estatutos de Autonomía.
Las lenguas son el catalán, el euskera, gallego, valenciano, inglés y francés. Se advierte que, con carácter general, puede existir un desfase entre la versión en castellano y en las otras lenguas, derivado del proceso de traducción a las mismas.
DO Cobraré unemployment allowance or after the termination of a public office or trade union?
¿Cobraré paro o subsidio cuando acabe mi cargo público o sindical?
Sí, pueden cobrar ayuda por desempleo:
• Las personas que ocupan altos cargos en las administraciones públicas, siempre que:
o No sean funcionarios o funcionarias.
o Y solo trabajen en eso y cobren por ello.
Pero sí al dejar el cargo reciben otro tipo de ayuda o compensación, entonces no podrán cobrar la ayuda por desempleo.
• Y las personas que ocupen cargos representativos en los sindicatos, siempre que:
o Trabajen en eso, aunque también trabajen en otra cosa.
o Y cobren dinero por ello.
Pero:
• Si tenías otro trabajo en el momento en el que fuiste elegida para el cargo público o sindical, y cuando has dejado ese cargo público o sindical, no puedes volver a la empresa, porque ya no existe,porque te despiden o por otras razones, podrás cobrar la ayuda por desempleo. Para ello se tendrán en cuenta los días que has cotizado, incluidos los días cotizados antes de aceptar ese cargo público o sindical, que te correspondan.
• Si estabas cobrando una ayuda por desempleo cuando empezaste a trabajar de forma exclusiva en ese cargo, es decir, solo trabajas en eso, se paró la ayuda.
Y cuando dejes el cargo podrás elegir entre volver a cobrarla o recibir una nueva ayuda si has cotizado lo suficiente.
Para hacer tu trámite online pincha aquí.
Para pedir cita previa para la oficina de empleo pincha aquí.