Traducción automática
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Si percebo el pagament únic i em va malament en la nova activitat que emprenc, podria tornar a cobrar l'atur i se'm descomptaria el ja percebut?
Si he cobrado todo el paro en un solo pago
y ahora me va mal en el negocio
¿podría volver a cobrar el paro
descontando lo que ya he recibido?
Si no lo justifico ¿tendría que devolver el dinero?
Si has recibido la cantidad total de ayuda
que te correspondía
en un solo pago o mes a mes
para pagar las cuotas de la Seguridad Social,
entonces, se te ha terminado la ayuda
y aunque el negocio que habías puesto en marcha,
no funcione y vuelvas a estar en desempleo,
no tendrás derecho a pedir el paro de nuevo.
Pero si tu negocio no funciona, lo cierras
y vuelves a estar en desempleo,
pero aún te quedaba dinero por cobrar,
puedes volver a activar la ayuda que te queda.
Tendrás que esperar
a que pasen los meses equivalentes
a la ayuda que cobraste en un único pago,
es decir, el tiempo que hubieras cobrado la ayuda
si no hubieras pedido cobrarla en un solo pago.
Así que, siempre que cumplas el resto de condiciones,
podrás volver a activar tu ayuda:
- Si has trabajado por cuenta propia
menos de 2 años. - Si has trabajado por cuenta propia
entre 2 años y 5 años y demuestres
que has estado dado de alta
como persona trabajadora autónoma
en el Régimen Especial de la Seguridad Social
de Trabajadores por Cuenta Propia
o Autónomos en el Régimen Especial
de Trabajadores del Mar.
En estos 2 casos,
si entregas tu solicitud
para volver a activar el paro
antes de que pasen 15 días hábiles
desde que dejaste de trabajar,
tendrás derecho a cobrarlo
desde el día siguiente
al que dejaste de trabajar por cuenta propia.
Y si tienes derecho al cese de actividad,
después de dejar de trabajar como persona autónoma,
podrás elegir entre:
- Cobrar el cese de actividad.
- O volver a activar la ayuda al desempleo
que recibías antes de trabajar.
Pero si eliges esta opción,
el tiempo cotizado como persona autónoma,
que te servía para cobrar una nueva ayuda,
se perderá y no se tendrá en cuenta
para ninguna otra ayuda que pidas en el futuro.
Pincha aquí
para encontrar más información sobre este tema.
Día hábil:
Día que se trabaja, es decir, de lunes a viernes.
No se cuenta como día hábil
ni los sábados ni los domingos ni los días de fiesta.
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Para pedir cita previa
para la oficina de empleo pincha aquí.